Los trabajadores que tienen derecho al aguinaldo deben recibirlo antes del 20 de diciembre y éste tiene que ser equivalente a por lo menos 15 días de salario, o el proporcional si se trabajó menos de un año, según la Ley Federal del Trabajo. De no ser así, las empresas pueden ser multadas.
Las multas contra los patrones que no paguen el aguinaldo o lo hagan de forma tardía pueden ir de 50 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) según la ley, es decir, desde 4 mil 224 pesos hasta 422 mil 450 pesos.
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), cualquier irregularidad sobre el aguinaldo debe ser denunciada por los trabajadores, sindicatos, o federaciones y confederaciones de personas trabajadoras.
"Pueden acercarse a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, para que se les oriente y determine cuál es la instancia gratuita que debe demandar el pago del aguinaldo dependiendo de la actividad que desarrolle la empresa", indica.
Para ello, pone a disposición de los interesados el sitio web “orientación e información sobre igualdad y no discriminación en materia laboral”. Así como los teléfonos: 800 717 2942; 800 911 7877; 59 98 20 00, y el correo orientacionprofedet@stps.gob.mx
GGA