El 2026 viene con muchos cambios, desde los relacionados con trámites personales hasta en temas económicos, empezando por el aumento al salario mínimo. ¿Ya sabes qué pasará con las transferencias electrónicas? En MILENIO te contamos qué cambios implementará el SAT.
A muchos de nosotros, pensar en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) nos provoca un poco de temor, pues creemos que con un error pequeño podemos tener problemas fiscales y con ello, tener que pagar una fuerte multa. Ahora se ha mencionado que las transferencias electrónicas también deben ser muy cuidadosas para evitar sanciones.
¿SAT multará por transferencias electrónicas?
Hace unos meses te hablamos del Monto Transaccional del Usuario (MTU), una especie de candado que se le puso a las cuentas de todos los clientes de bancos con el fin de evitar fraudes o robos a través de las aplicaciones móviles. Ahora se ha mencionado mucho el tema de multas en transferencias de incluso, hasta 15 mil pesos.
Para entender mejor el tema, basta destacar que el mismo SAT ha mencionado que desde el 2008 se impulsó algo llamado Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), el cual debían pagar las personas físicas y morales respecto de todos los depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, que realicen en cualquier tipo de cuenta que tengan en las instituciones del sistema financiero, cuya suma exceda 15 mil pesos en un mes.
Asimismo, se especificó que el IDE no aplica para transferencias electrónicas, traspasos de cuenta, títulos de crédito (cheques, pagarés) o cualquier otro documento o sistema pactado con las instituciones del sistema financiero, aun cuando sean a cargo de la misma institución que los reciba.
Puedes revisar el documento en este apartado.
El IDE, hay que destacar, dejó de estar vigente en 2014 debido a que fue muy polémico; sin embargo, los Bancos cuentan con la responsabilidad de reportar al SAT de manera bimestral los movimientos superiores a 15 mil pesos que se hagan.
En entrevista con MILENIO, Gari Flores, Administrador General de Recaudación del SAT, explicó mejor este tema:
"Hoy por hoy en la normativa fiscal, lo único que existe es la obligación de los bancos de informar al SAT y a otras instituciones como la UIF, depósitos en efectivo superiores a 15,000 pesos, pero es una cuestión informativa que no tienen que ver con temas fiscales, aunque nos lo reportan al SAT, no es una una información que se utilice con regularidad para realizar auditorías.
Ahora bien, ¿qué hay de cierto en que este 2026 las transferencias electrónicas ya estarán en la mira de la dependencia? Se ha dicho que el objetivo es que el SAT pueda detectar operaciones inusuales o de montos no declarados, entre ellos los que sea mayores de 15 mil pesos.
Gari Flores también dejó claro este tema aunque se hizo énfasis en que no es sobre las transferencias electrónicas, sino solo del reporte que hacen los bancos a la dependencia por montos superiores a 15 mil pesos.
"Es un tema, insisto más de prevención de lavado de dinero y la realidad es que es una obligación que cumplen los bancos de manera bimestral y no no sirve para para auditorías, no es parte de los modelos de riesgo del SAT; no es parte de los modelos para identificar evasión fiscal. Es simplemente una obligación que atiende también a cuestiones internacionales y México es parte de distintos tratados para para evitar temas de lavado de dinero; existe esa obligación a nivel mundial, pero no no tiene nada que ver con impuestos y no tiene nada que ver con con actos de auditoría de fiscalización", puntualizó.
¿Qué movimientos se reportan al SAT?
- Depósitos en efectivo mayores a 15 mil pesos: deberá justificarse su origen o de lo contrario, la multa puede ser de hasta 34 mil pesos.
- Ingresos no declarados: en caso de haber recibido una transferencia y no incluirla en la declaración anual o mensual, el SAT podría pedir una auditoría.
- Depósitos sin justificar: aplica para transferencias y depósitos en efectivo que carezcan de comprobantes fiscales o contratos. En este caso, el SAT los tomará como ingresos omitidos.
- Uso de cuentas de terceros: si tienes más de una cuenta bancaria a la que haces movimientos o bien, usas la de un familiar, deberás justificar los movimientos, o de lo contrario, el SAT los tomará como ingresos que buscas ocultar.
- No dar comprobantes fiscales: si tu régimen necesita que emitas comprobantes fiscales (facturas) y omites este paso al recibir una transferencia, el SAT puede revisar tu cuenta.
- Préstamos que carezcan de contratos: si recibes una transferencia por un préstamo que carezca de un contrato firmado, el SAT lo tomará como un ingreso que debes declarar.
Para evitar afectaciones con la dependencia, la recomendación es siempre tener un registro de las transferencias electrónicas, las cuales deberán justificarse y claro, incluirse en la declaración anual que este 2026 se presenta hasta el 30 de abril.
Recuerda que el SAT no busca sancionarte por cada movimiento que hagas; sin embargo, éste debe ser lo más transparente oíble para evitar problemas a largo plazo.
MBL