M+. La justicia es un valor que el ser humano persigue y procura casi por naturaleza. Pero en el testamento, ser demasiado justos o justas puede abrir la puerta a uno de los conflictos más duraderos en un juicio sucesorio: la repartición en partes iguales de una propiedad o un bien.
De hecho, para el abogado, Miguel Antonio Saucedo Ramírez, ese es uno de los errores más comunes que se cometen al expedir un testamento. Especialmente, cuando una persona desea repartir una casa o departamento —físicamente o legalmente imposible de dividir —entre tres, cinco o incluso diez personas.
“Para tratar de evitar dejarle a uno más que el otro, pues lo que hacen los padres o madres a veces, por error, es decir: ‘Todo es de todos y entre ustedes (los hermanos) se van a repartir. Los hemos enseñado desde niños que tienen que ser buenos hermanos y que tienen que compartir. Pero esa es una idea demasiado romántica que, en la realidad, cambia mucho”, señaló el también socio director de Saucedo Abogados a MILENIO.
Esta intención (de ser justos) puede derivar en litigios interminables, no sólo porque se cruzan los intereses de cada una de las partes, sino también por la familia política. Es decir (y normalmente), las esposas o los esposos que intervienen en las decisiones hereditarias de sus parejas.
“Esos son los hijos que normalmente llevan muchos años y nunca se resuelven”.
Dos alternativas para dividir los bienes
1. Legados equitativos y no justos
Son contados los casos donde la repartición de una herencia es equitativa para todas y todos los herederos; y la experiencia de Saucedo da cuenta de ello.
Por esa razón, el abogado recomienda desprenderse de la falsa idea y aspiración de expedir el testamento con un “equilibrio perfecto”. “Eso es imposible de hacer. Es algo sumamente difícil”.
En lugar de ello, sugiere optar por legados equitativos y no justos. Es decir, una repartición que mejor convenga a las y los herederos, de tal manera que —aunque pudiera generar un par de reclamos por la diferencia en la división —no escale a un problema mayor, pues “está perfectamente definido qué es de cada uno”.
“Cuando el legado no genera su propiedad, o sea, que legas un inmueble a favor de dos personas, evidentemente dejas un problema porque constituye una copropiedad de dos individuos sobre un inmueble. Pero si tú dejas legados directos a una persona en particular (la casa número ‘tal’ a ‘tal persona’; el departamento ‘tal’; ‘tal’ coche, o ‘tales’ acciones), tú cómo testador estás determinando quién es el que va hacerse cargo de un bien o de un derecho”, detalló.
“Posiblemente no existe equilibrio perfecto. Pero tú como un padre trataste de ser lo más equitativo posible”.
EL DATO¿Qué son los legados en un testamento?
El legado es una de las formas en las que una persona puede repartir su herencia, la cual consta de especificar exactamente a quién corresponderá cuál bien o propiedad. Por el contrario el heredero universal es la persona designada para recibir la totalidad del patrimonio, tanto bienes y propiedades, como deudas y obligaciones.
2. Liquidación
A diferencia de un terreno (cuya extensión sí podría subdividirse), una casa o un departamento difícilmente podrán repartirse en partes iguales entre varios herederos. Y el común denominador de quienes intentan fraccionarlo son los conflictos familiares.
Por ello cuando la o el testador posee sólo una propiedad, Saucedo recomienda recurrir a un proceso de liquidación; es decir, encomendar al albacea a vender el inmueble, a fin que lo recaudado se destine en partes iguales a las y los herederos.
“Esa va a ser la mejor forma en que van a gastar menos dinero; van a hacerlo más rápido, y cada quien se va a llevar la poca o mucha cantidad que le corresponde y, con eso, iniciar un nuevo patrimonio”.
Esta es otra alternativa para evitar conflictos familiares, ya que el o la albacea recibiría instrucciones precisas para desalojar el inmueble (en caso de que algún o alguna heredera lo esté ocupando), vender la propiedad y, así, repartir la porción que corresponde.
La misma sugerencia aplica a las familias extendidas, o sea, aquellas que habitan y conviven bajo un mismo techo —que incluso termina siendo una extensión de la estructura original de la casa, al agregar más cuartos—. Y aunque también se puede optar por un régimen de propiedad en condominio, es una opción significativamente más cara.
“Entonces (de esa manera) estaríamos heredando un problema severo que no van a poder resolver los hijos y que, normalmente, las esposas o esposos serán los primeros en generar un conflicto, porque desearán tener una casa propia o van a pedir que se quede uno o el otro dentro de la propiedad ”.
ASG