Godínez ¡los días festivos se pagan dobles!

Existen siete días de descanso oficial, que por ley se debe de pagar al doble cuando tu jefe de solicite trabajar.

Los días oficiales se pagan al doble, más tu día normal (Cuartoscuro)
Rosa Emilia Porras Lara
Ciudad de México /

¿Godínez sabías que los días festivos se pagan dobles?

Si tu jefe te solicita trabajar en los descansos oficiales, tendrás derecho a que se te pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más dos días extra.

Recibirás el tripe de tu sueldo y en caso de ser domingo, se te deberá pagar la prima dominical.

En el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajonos dice que los días no laborables son:

1. El 1 de enero

2. El primer lunes de febrero en conmemoración al 5 de febrero (la promulgación de la Constitución)

3. El tercer lunes de marzo en conmemoración al 21 de marzo (el natalicio de Benito Juárez)

4. El 1 de mayo (Día del Trabajo)

5. El 16 de septiembre (Día de la Independencia de México)

6. Tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre (día de la Revolución Mexicana)

7. El 25 de diciembre, Navidad

8. El 1 de diciembre de cada seis años (cambio de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal

Además, los días que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

REPL