En México existen diversos horarios de trabajo, así como descansos ¿Sabes cuáles son? ¿Sabes que tienes derecho a media hora de descanso dentro de tu jornada laboral?
Aquí te explicamos los detalles, de hecho, el artículo 24 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que:
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas (tema del que hablamos en nuestra nota pasada con el título Vacaciones 2019 ¿Sabes cuántos días te corresponden?)
La Ley Federal del Trabajo establece que “jornada de trabajo” es el tiempo durante el cual la persona trabajadora se encuentra a disposición del patrón para prestar sus servicios.
A continuación de decimos cuáles son las jornadas:
Diurna
Comprende un horario entras las seis de la mañana y las 20:00 horas, es decir, la jornada será de ocho horas.
Nocturna
El horario puede ser de las 20:00 horas a las seis horas del día siguiente con una jornada de siete horas
Mixta
Comprende las jornadas diurnas y nocturnas. Por la noche debe ser menor a las tres horas y media, si excede el tiempo se considerará nocturna. La jornada es de siete horas y media.
Durante la jornada continua de trabajo se concederá a la persona trabajadora un descanso de por lo menos, media hora.
Cuando el trabajador no pueda salir de su oficina durante las horas de reposo o de comidas, el tiempo correspondiente le será computado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo.
También podrá prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces a la semana. Estas horas de trabajo extraordinario se cubrirán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a cada una de las horas de la jornada.
REPL