Con el objetivo de contribuir al desarrollo del mercado de valores en forma equitativa, eficiente y transparente, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) modificó las disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado.
De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las modificaciones aplican para las emisoras de títulos fiduciarios y demás valores emitidos al amparo de fideicomisos sobre bienes distintos a acciones colocados mediante oferta pública restringida, que inviertan al menos 70 por ciento de los recursos en mecanismos de inversión colectiva no listados en alguna bolsa de valores.
El propósito de las modificaciones es dar flexibilidad en los plazos para la revelación de información periódica, para que las emisoras puedan divulgar la información financiera en plazos posteriores a lo establecido, homologando con lo que actualmente observan los certificados bursátiles fiduciarios de desarrollo y los certificados bursátiles fiduciarios de proyectos de inversión cuando colocan los recursos de la emisión, al menos el porcentaje referido, en dichos mecanismos de inversión colectiva.
Así, entre otros puntos, las emisoras con valores inscritos en el Registro Nacional de Valores deberán proporcionar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y a la bolsa en la que se listen, así como al público en general, la información financiera, económica, contable y administrativa correspondiente como estados financieros dictaminados, estados anuales y reporte anual.
Las emisoras de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores deberán transmitir sus eventos relevantes a la bolsa en la que tengan listados sus valores, de forma enunciativa más no limitativa y siempre que influyan o pueda influir en los precios de los valores inscritos en el Registro Nacional de Valores.
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