Transferencias de ISR a entidades no necesitan a terceros: Hacienda

La dependencia explicó que desde enero del 2015, las entidades federativas y los municipios, en el marco del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, reciben el 100 por ciento de la recaudación del ISR.

No es necesario que se realice solicitud o trámite adicional alguno para que sean entregados los recursos, señaló la dependencia.
Silvia Rodríguez
Ciudad de México /

La Secretaría de Hacienda aclaró que las transferencias del Impuesto sobre la Renta (ISR) a las entidades y los municipios no requieren costos para éstas ni tampoco servicios de terceros, pues el trámite lo realiza la dependencia.

En un comunicado, señaló que no es necesario el apoyo de intermediarios, como podrían ser despachos y/o empresas privadas, que ofrezcan servicios para la realización de los trámites y tanto la secretaría, como el Servicio de Administración Tributaria (SAT), están en la mejor disposición de apoyar en el trámite y procedimientos correspondientes, así como en la asesoría, si es que se requiere.

La dependencia explicó que desde enero del 2015, las entidades federativas y los municipios, en el marco del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, reciben el 100 por ciento de la recaudación del ISR correspondiente al salario del personal que labora en las dependencias de dichos órdenes de gobierno.

Para acceder a este beneficio, abundó, las “Reglas de operación para la aplicación del Artículo 3-B de la Ley de Coordinación Fiscal” estipulan que la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas de la Secretaría de Hacienda sólo integrará a las participaciones federales los importes que el SAT obtenga del proceso de validación de aquellos entes públicos subnacionales que llenaron correctamente el Comprobante(s) Fiscal(es) Digital(es) por Internet (CFDI) de nómina de su personal y hayan enterado efectivamente el impuesto.

Por lo tanto, no es necesario que se realice solicitud o trámite adicional alguno para que sean entregados los recursos, ya que el cumplimiento de lo establecido en el artículo citado arriba y de sus reglas de operación, constituyen el único requerimiento para que las entidades federativas y municipios participen de la recaudación.

lvm

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