La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) anunció un alcance respecto a las medidas regulatorias para incentivar a los bancos a ofrecer a sus acreditados reestructuras de créditos para apoyarlos a hacer frente a la situación derivada del covid-19, anunciadas el pasado 23 de septiembre, mismas que reiteran que será hasta el 31 de enero cuando puedan aplicarse estos criterios a los clientes.
En un comunicado, la CNBV recordó que los programas de restructuras de crédito para deudores serán opcionales para las instituciones bancarias y reiteró que será discrecional para las instituciones de crédito otorgar quitas, condonaciones, bonificaciones o descuentos.
“Será opcional para las instituciones de crédito realizar restructuraciones de créditos, aplicando los Criterios Contables Covid o realizarlas sin sujetarse a ellas”, refirió.
- Te recomendamos Hasta 5 años para liquidar deuda y una menor tasa: así será el plan de reestructura de créditos Negocios
Así mismo, el organismo regulador aseguró que las reestructuras de los créditos deberán reflejar un beneficio económico para los acreditados, fomentando esquemas que propicien la disminución en el importe de los pagos y que incrementen la probabilidad de recuperación del capital.
Esta segunda fase de apoyos especifica que en el caso de los créditos con pagos periódicos de principal interés, se hará una disminución de 25 por ciento respecto del importe de los pagos previos por un plazo de hasta 48 meses, y si se excede ese lapso de tiempo, la reducción será de 20 por ciento.
Mientras que los créditos de pago único de principal al vencimiento y pagos periódicos de intereses la baja en la mensualidad será de 25 por ciento a un lapso de 12 meses y si se excede la reducción de la mensualidad será de 15 por ciento. En los créditos a la vivienda, la baja es de 25 por ciento por un lapso de 15 años y de 15 por ciento si se pasa de ese tiempo.
En el caso de los microcréditos, se harán reducciones de 25 por ciento en los financiamientos máximos a 15 años y de 15 por ciento si el plazo a saldar es mayor. Para los usuarios de tarjeta de crédito se harán reducciones de 25 por ciento respecto del pago mínimo sin considerar pagos vencidos, comisiones, sobregiros, siempre y cuando se hubiere dispuesto de hasta 20 por ciento de la línea de crédito autorizada; y de 20 por ciento si se hubiese dispuesto más de ese monto. La ampliación máxima es de 60 meses.
“Las anteriores combinaciones de tasa de interés, plazo y porcentaje máximo de incremento nominal que se establecen tienen por objeto que las reestructuras signifiquen un beneficio real para el deudor que propicie el cumplimiento de sus obligaciones de pago. No se podrá establecer el cobro de ningún tipo de comisión con motivo de la renovación o reestructuración”, refirió.
srgs