El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) clasificó las frecuencias de espectro radioeléctrico para la difusión de alertas tempranas ante desastres naturales, como sismos y huracanes, sin la necesidad de que se soliciten concesiones.
Mediante la publicación de un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el pleno del IFT determinó para la protección de los habitantes del país el uso de las frecuencias 162.400 MHz, 162.425 MHz,162.450 MHz, 162.475 MHz, 162.500 MHz, 162.525 MHz y 162.550 MHz.
De acuerdo con el órgano regulador de las telecomunicaciones, los sistemas de alerta temprana son herramientas que funcionan para la prevención de daños y pérdidas ante desastres naturales.
"Son caracterizados dependiendo del tipo de amenaza en la que se vea expuesta una nación y tienen como objetivo prevenir a la población ante posibles amenazas naturales que pueden poner en peligro su integridad y su vida, por lo que es importante que dichos sistemas funcionen de manera adecuada", versa la publicación.
En el país existen diferentes tipos de sistemas de alertamiento temprano que operan de forma continua para la prevención de amenazas naturales, como es el caso de la alerta sísmica.
Corresponde a la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC) instrumentar y, en su caso, operar redes de detección, monitoreo, pronóstico y sistemas de alertamiento, en coordinación con las dependencias responsables e incorporando los esfuerzos de otras redes de monitoreo públicas o privadas.
"Es primordial para el uso de bandas de frecuencias para este tipo de aplicaciones, que se minimicen los riesgos de interferencias perjudiciales y que existan condiciones en el uso del espectro radioeléctrico que coadyuven con el desarrollo de este tipo de redes de telecomunicaciones para la difusión de alertas tempranas hacia la población", destacó el IFT.
Las concesiones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor del acuerdo en el rango de frecuencias clasificadas se mantendrán en los términos y condiciones consignados en los respectivos títulos hasta en tanto el IFT inicie y resuelva los procedimientos para su cambio o rescate.
AMP