Tribunal determina que IFT debe emitir lineamientos para neutralidad de la red

El Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa estableció que la fecha límite que tiene el IFT para emitir los lineamientos es el próximo 30 de junio.

El IFT expedirá lineamientos para proteger la neutralidad de la red, a la luz de principios como la libre elección y la no discriminación. | Andrés L
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un Tribunal Federal otorgó un amparo a la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) y a Observacom, sentencia que ordena al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emitir los lineamientos para proteger la neutralidad de la red.

La neutralidad de la red, así como los lineamientos para su protección, tienen el propósito de garantizar que los concesionarios y autorizados para prestar el servicio de acceso a Internet no lleven a cabo prácticas de gestión de tráfico contrarias a los derechos a la libertad de expresión, al derecho a la privacidad de las personas usuarias, a la competencia, a la innovación y a la pluralidad.

El Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, ratificó el amparo otorgado, pero también estableció la fecha límite que tiene el IFT para emitir los lineamientos, misma que vence el próximo 30 de junio.

En primera instancia, el juzgado Segundo de Distrito Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones resolvió que las organizaciones quejosas contaban con interés legítimo para interponer la demanda, y señaló la obligación del Instituto Federal de Telecomunicaciones de emitir los lineamientos para proteger la neutralidad de la red, pero no estableció una fecha límite para la emisión de los lineamientos.

La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LTFR) establece, en el artículo 145, que el IFT expedirá lineamientos para proteger la neutralidad de la red, a la luz de principios como la libre elección, no discriminación, privacidad y transparencia.

No obstante, a más de seis años de la entrada en vigor del estatuto, el IFT no ha emitido dichos lineamientos y a finales de 2019 puso a consulta pública un anteproyecto de lineamientos, el cual fue impugnado por las organizaciones porque indicaron que atenta contra la neutralidad de la red.

El IFT afirmó que no estaba obligado a emitir los lineamientos, pues consideró que se trataba de una facultad discrecional. Sin embargo, en la sentencia se confirma que la emisión de los lineamientos es “una facultad de ejercicio obligatorio” por parte del Instituto y, por ende, existe una omisión regulatoria inconstitucional y violatoria de derechos como el de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, la libertad de expresión y otros derechos humanos.

Ahora, el Pleno del IFT deberá emitir y publicar los lineamientos a que se refiere el artículo 145 de la LFTR a más tardar al concluir el segundo trimestre de este año.

Luis Fernando García, director ejecutivo de R3D, informó que esta decisión “representa un gran avance para que la protección de la neutralidad de la red en México sea una realidad y no se quede únicamente en el papel”.

Por su parte, Gustavo Gómez, director de Observacom, manifestó que, a través de la sentencia, la jueza pone de relieve lo imperioso de la acción regulatoria del IFT como garante de derechos fundamentales.

lvm

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