El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) dio a conocer las condiciones mínimas para la interconexión entre concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones, además de determinar las tarifas para dicho servicio aplicables para el próximo año.
Entre las condiciones mínimas, se destacó que los concesionarios deberán conducir el tráfico dentro de una red pública hasta los puntos de interconexión donde se realizará el intercambio.
Dicho proceso se realizará a través de puerto de acceso y enlaces de transmisión en los cuales se permitirá el intercambio de tráfico de cualquier origen o destino dentro de territorio nacional, así como de cualquier tipo (local, tránsito, fijo, móvil).
Los concesionarios interconectados podrán realizar acuerdos para intercambiar tráfico que sean acordes a la arquitectura de sus redes y a sus necesidades de interconexión siempre que ello les permita llevar a cabo una efectiva y eficaz interconexión e interoperabilidad de sus redes públicas de telecomunicaciones.
En tanto, las nuevas tarifas de interconexión serán aplicadas a los concesionarios de red pública autorizados para prestar el servicio local fijo o móvil distinto al Agente Económico Preponderante en Telecomunicaciones (AEP-T).
Los montos, que se encuentran enlistados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), están basados en la metodología para el cálculo de interconexión y será aplicado desde el 1 de enero al 31 de diciembre del 2022.
AMP