A dos semanas de que estalló la huelga en Interjet, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) convocará a una nueva votación entre empleados de la aerolínea para validar el paro existente, informó la Sección 15 de la Confederación de Trabajadores de México (CTM).
Francisco Joaquín del Olmo, director de la Sección 15 de la CTM, invitó a los trabajadores que estén atentos de la convocatoria para la votación e informó que Interjet ejerció su derecho para solicitar la inexistencia de la huelga para evitar que se le condene al pago de salarios y prestaciones reclamadas en el emplazamiento a huelga, argumentado que los trabajadores no están de acuerdo con la misma.
Esta solicitud de Interjet ha provocado varias audiencias legales que el equipo de abogados ha atendido en tiempo y forma, tanto la empresa como el sindicato, ya expusieron sus motivos, fundamentos y pruebas, por lo que se determinó que el recuento de votos por parte de los trabajadores para sabe si están de acuerdo con la huelga será la prueba idónea para determinar la existencia o no de la huelga.
El representante sindical indicó que los votos serán de forma personal, libre, directa y secreta. El proceso se llevará a cabo en los diferentes domicilios de la Empresa ante un Actuario o Funcionario que designe la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, el día y la hora que la autoridad laboral señale, de acuerdo con el Artículo 931 de la Ley Federal del Trabajo.
- Te recomendamos ¿Te quedaste con un boleto de Interjet y no has podido viajar? Esto es lo que puedes hacer Negocios
“La consecuencia de que la mayoría de los votos estén a favor de la huelga, es que la Junta Federal declarará legalmente existente la Huelga y en su momento, se condenará a la empresa al pago de los salarios y prestaciones adeudados, además de los salarios caídos que se generen por el tiempo que dure la huelga, así como que reanude labores o actividades”.
El sindicato reconoció que existe la posibilidad de que Interjet no se someta al laudo (sentencia) de imputabilidad, es decir, que no cumpla con la condena del pago de los salarios y prestaciones económicas.
De suceder así, se procederá a un procedimiento de fincarle responsabilidad a la empresa, en donde la autoridad decretará la terminación de la relación de trabajo, condenando a la Empresa al pago de 3 meses de salario, 20 días se salario por cada año de servicio prestado.
La consecuencia de que los trabajadores voten en contra de la Huelga, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje exigirá que regresen a sus labores en un término de 24 horas, sino se presentan, se dará por terminada la relación de trabajo sin responsabilidad alguna para la Empresa y de acuerdo con la Ley federal del Trabajo.
AMP