Las donatarias autorizadas también deben presentar su declaración de transparencia ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y, en caso de tener dudas o complicaciones con la plataforma digital para llevar a cabo esta obligación fiscal, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), puede apoyarlas.
Así lo indicó el representante estatal de este organismo público, Alejandro Gutiérrez Moyao, quien indicó que de no cumplir con esta obligación fiscal, las donatarias autorizadas podrían recibir sanciones de hasta de más de cien mil pesos.
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"Si no se presenta a tiempo esta declaración de transparencia, en agosto se solicita la multa y para este año, la regla que emitió el SAT, es que sea declarada la información relativa a la transparencia de patrimonio, uso y destino de los donativos recibidos durante 2020, por lo que tuvieron que ponerla a disposición este 31 de mayo y ya cuentan con el programa electrónico que está en el portal del SAT.
"Las sanciones son altas y si no se presenta esta declaración de transparencia, conforme al Código Fiscal de la Federación, ascienden a poco más de 89 mil pesos hasta más de 111 mil pesos, lo cual es una multa onerosa", informó.
En este contexto, Gutiérrez Moyao señaló que la Prodecon ofrece asesoría a este tipo de casos, "desde saber si tienen qué presentar declaración o no, si tiene problemas con el programa electrónico para poder presentar esa declaración, es importante que acudan para resolver inconsistencias que pudieran presentarse e incluso, podemos apoyar con la presentación de esta declaración
"Y en la caso de que ya tuvieran la imposición de la sanción, si tuvieran una multa notificada, se verían los medios de defensa que se pudieran incorporar como lo es un juicio y hemos obtenido juicios favorables porque se han dado inconsistencias por parte de la autoridad, dependiendo de las particulares de cada uno", refirió.
Indicó que las personas morales se pueden constituir como una persona moral sin fines de lucro y éstas requieren de una autorización del SAT para recibir donativos, y es lo que se denomina como donatarias autorizadas, mismas que reciben donativos y no tienen utilidades, como las actividades altruistas, mismas que deben cumplir con obligaciones fiscales, como esta declaración informativa que se realiza de forma anual.