¿Cuáles son las prestaciones que debes recibir por ley antes de fin de año, aparte del aguinaldo?

Días inhábiles, prima dominical y vacacional y vacaciones son algunas de las prestaciones que se suman al aguinaldo este último mes del año.

Todo trabajador en activo tiene derecho a recibir aguinaldo. (Foto: Shutterstock)
Ciudad de México /

El aguinaldo es una de las prestaciones que los empleadores están obligados a dar sus trabajadores antes del 20 de diciembre, pero no es la única a la que tienen derecho en el último mes del año, ya que de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo las empresas también deben cumplir con otras retribuciones.

La ley dicta que todas las personas trabajadoras tienen derecho a las prestaciones de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, seguridad social y pago de salario correspondiente al trabajo desempeñado, y algunas de ella coinciden precisamente en diciembre.

Días inhábiles, prima dominical y vacacional y vacaciones, son algunas de las prestaciones que se suman al aguinaldo este último mes del año; aquí te decimos a detalle cuáles debes recibir.

Otras prestaciones que debes recibir además del aguinaldo

Si eres ex trabajador se debe pagar en la fecha de la terminación de la relación laboral. | Especial

  • Días feriados: el 25 de diciembre y el primero de enero están marcados en el calendario como días de descanso obligatorio con goce de sueldo, pero si por alguna razón te toca trabajar, el pago será triple.
  • Prima dominical: es el monto adicional que paga el patrón al trabajador por laborar el domingo, cuando tenga como descanso cualquier otro día de la semana; este año, Navidad y Año Nuevo caen justo en domingo, por lo que se te deberá pagar de forma adicional un 25 por ciento, en caso de que te toque trabajar.
  • Vacaciones: cuando se cumpla más de un año de servicios, se tendrá derecho a seis días de vacaciones, por lo menos. Algunas compañías conceden estos días justo durante las fiestas decembrinas y la primera semana de enero. 
  • Prima vacacional: los trabajadores deben disfrutar en forma continua seis días de vacaciones, por lo menos. La prima vacacional es una cantidad adicional que se paga para el disfrute de este periodo.

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