Prodecon pide al SAT ampliar plazo para la declaración anual

Ante la emergencia sanitaria generada por el coronavirus, el ombudsman recomendó al SAT abrir el tiempo de entrega.

Marzo y abril son los meses fijados para realizar la declaración anual 2020. (Especial)
Silvia Rodríguez
Ciudad de México /

Con el objetivo de implementar acciones ante la pandemia del coronavirus, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) sugirió al Servicio de Administración Tributaria (SAT) ampliar el plazo de la declaración anual.

En un comunicado, explicó que propuso al SAT emitir una regla de carácter general que amplíe el plazo para la presentación de la declaración anual, tanto de personas morales como de personas físicas, hasta el 31 de julio de 2020.

Asimismo, la Prodecon señaló al SAT otorgar la opción para que las personas morales paguen el impuesto que les resulte a cargo en la declaración anual hasta en seis parcialidades, sin necesidad de requerir autorización y sin la obligación de garantizar el interés fiscal, facilidad que actualmente se otorga en términos de la regla 2.14.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, exclusivamente a las personas físicas.

Además de que se pueda ampliar el plazo que prevé la regla 2.3.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, para solicitar la devolución del Impuesto sobre la Renta (ISR) de las personas físicas a través del Sistema Automático de Devoluciones durante todo el ejercicio fiscal de 2020.

También propuso diferir hasta el 31 de julio de 2020 la presentación de los pagos provisionales, tanto de personas morales como de personas físicas, correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo de 2020.

Finalmente, tomando en cuenta que para la presentación del recurso de revocación resulta indispensable la utilización de la e-firma y que existen casos en los que a los contribuyentes ya se les venció el certificado de la e-firma, aunado a que se encuentran saturadas las citas para la renovación de dicho implemento, la Prodecon sugirió suspender los plazos para la interposición de ese medio de defensa.

El ombudsman informó que el SAT implementó mecanismos para devolver en un plazo de tres días los saldos a favor, por lo que si el 1 de abril de 2020, los contribuyentes presentan su declaración anual normal o complementaria del ejercicio 2019, el saldo a favor autorizado les será depositado el 3 de abril de 2020.


KGA

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