Pena de muerte y dignidad humana

Ciudad de México /
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¿Quién decide quién vive y quién muere? ¿Cuál vida es digna y cuál no lo es? ¿bajo qué criterios?

El valor de la vida humana no se ha perdido pero si se ha parcializado: mientras que se defiende por un lado el valor de ésta desde el momento de la concepción, por el otro, se desconoce al momento de sentenciar a la pena máxima, la pena de muerte, a alguien más.

La confusión es clara: o toda vida o ninguna vida, pero dejar la puerta abierta al criterio de alguien sobre qué vida debe defenderse y cuál condenarse no sólo resulta delirante sino aberrante.

El reciente caso de Christa Pike puso sobre la mesa uno de los asuntos éticos de mayor envergadura: la pena de muerte. A pesar de dos inyecciones letales, Christa sobrevivió y con ella, el debate sobre si la vida humana puede ser decidida por alguien más.

Bajo la argumentación de una condena jurídica se esconde una atrocidad: quitar una vida. ¿Existe este derecho? Más aún, ¿puede el derecho como instrumento otorgar un bien que, en principio debiera proteger? Suena a una contradicción lógica, y sin embargo, sucede.

Lo anterior se da en función de dividir las vidas en “valiosas” y “no valiosas”, siendo las primeras aquellas que son memorables y cumplen sin contratiempos las reglas, las normas, las expectativas, las obligaciones. Las segundas, en cambio, son aquellas atravesadas por las circunstancias adversas de la vida, en donde se deciden cosas que no siempre están bien, por ello, son cuestionadas y criticadas, algunas veces, sentenciadas a muerte.

El problema no está en diferenciar las acciones buenas de las malas sino en creer que hay personas buenas y malas. La persona, en sí misma es buena y su dignidad inalterable; en cambio, sus acciones son las que pueden ser buenas o malas, plausibles o reprobables y deberán ser entonces éstas y no aquella, las que deban ser juzgadas y condenadas.

Además, la persona humana tiene la libertad que le permite actuar de una o de otra manera pero ésta, requiere formación y conocimiento, por ende, hacer un buen uso de la libertad también requiere tiempo y nunca es un camino lineal exento de fallos o tropiezos.

Somos seres en constante crecimiento y aprendizaje y nunca acabaremos de ser ni de formarnos.

Sin embargo, para algunos, la persona queda determinada por sus acciones, aún más, persona y acción se identifican plenamente de tal manera que si sus acciones son malas la persona también lo será, sin lograr distinguir entre uno y otro.

Lo anterior lleva a determinaciones fatalistas, como la pena de muerte, que termina con la vida de una persona que cometió una infracción grave. Esta sanción clausura la posibilidad de cambio y, por ende, la posibilidad de hacer un buen uso de la libertad humana. No se castiga la acción sino la vida, luego ¿cómo afirmar el valor de ésta cuando se le arrebata a algunos?

La pena de muerte comete el mismo crimen que acusa y por ello es contradictoria. Tampoco repara la pérdida o el daño cometido porque no coloca el acento en la justicia restaurativa y/o reparadora sino en el castigo como modelo ejemplar, incluso, usado como forma de terror que advierta a otros.

Se ha comprobado, ya en varios países y de modos muy distintos, que los procesos de reinserción social pueden tener éxito si se realizan adecuadamente y que las personas que cometieron crímenes en el pasado pueden realizar un proceso de purga y reinserción, recobrar su libertad perdida y ser personas de bien; matarlos, en cambio, fuera de ser una solución fácil para un gobierno que no asume su propia responsabilidad en el cuidado de sus ciudadanos, no trae beneficio alguno, pero sí muchos problemas éticos que cuestionan el poder y la crueldad como formas de dominio.

El castigo por el castigo mismo no repara ni a la víctima ni al victimario; puede, incluso, perpetuar el odio y la violencia inicial, en cambio, pensar e invertir en programas de readaptación social, propiciando procesos de reflexión y toma de conciencia, de formación y desarrollo, permite que la persona humana no quede determinada por sus acciones sino que pueda ser valorada en su dignidad que, aún cometiendo crímenes, permanece intacta.

La persona no es su acción y juzgar a las personas por sus acciones es reducir la libertad humana a un momento, a una emoción, a una decisión y cerrar la posibilidad de que la vida una constante búsqueda y un proyecto que se construye no sin accidentes sino a pesar de los accidentes.

Mored



  • Elizabeth de los Ríos Uriarte
  • Consultora en Bioética. Fundadora de SECOBIE
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