500 años de la Correduría Pública en México

Jalisco /

Celebrar los primeros quinientos años de la Correduría Pública en México nos habla de la importancia de esta figura para el derecho mercantil, con profundo arraigo histórico y por ello, este importante gremio de profesionales se reunió en las instalaciones del Museo Nacional de Antropología de la Ciudad de México el pasado lunes para tan importante ceremonia. Correos de México encabezada por Violeta Abreu, realizó la emisión de una estampilla conmemorativa y el senador Emmanuel Reyes Carmona, presidente de la Comisión de Economía del senado, incansable promotor de la Correduría, presentó una iniciativa proponiendo se declare a nivel nacional el 11 de mayo como “Día Nacional de la Correduría Pública”. Representado al Secretario de Economía estuvo la Maestra Blanca Elena Pineda M., Directora de Normatividad Mercantil, entre otros invitados, destacando la plática de los antecedentes históricos de la Correduría en voz del colega Dr. Carlos A. Ongay Flores.

Contrario a lo que algunos “desconocedores” afirman —que la Correduría nació por iniciativa de Carlos Salinas de Gortari en apoyo al Tratado de Libre Comercio—, esta institución es casi tan antigua como la humanidad, pues ha estado presente desde que nació el comercio a nivel de trueque.

En nuestro país, fue en el año 1526 cuando se otorgó el primer nombramiento a un Corredor Público, hecho que quedó asentado en el Libro Primero de Actas de Cabildo de Temextitlán (hoy Ciudad de México), sin embargo, esa importante figura data de tiempos inmemorables ya que encontramos menciones a su actividad desde el derecho Romano y egipcio, pasando por la Edad Media hasta nuestros días. Incluso Miguel de Cervantes en “El Quijote de la Mancha” hace alusión a la función del Corredor.

Surgieron como Mediadores, cuya función era la de servir como enlace entre los grupos, principalmente de comerciantes y productores, a fin de satisfacer las necesidades de intercambio comercial. En la India, las “Leyes de Manú, (200 a.c.) señalaban en el Libro Octavo, versículo 398 “Que los hombres que conozcan bien en qué casos se pueden imponer derechos y que son expertos en toda clase de mercancías, evalúen el precio de las mercancías y que el rey guarde para sí la vigésima parte del beneficio”. En Roma se incluyó en el Corpus Iuris Civilis de Justiniano, señalando que el mediador sería aquella persona que promueve o facilita la celebración de un contrato. Esta actividad se enmarca en el ámbito mercantil, contribuyendo al desarrollo del tráfico comercial de las ciudades y de los llamados “gremios”. En algunos lugares se exige, para la validez de los contratos mercantiles celebrados, la intervención del corredor público.

En España, Alfonso V de Aragón, en 1444 atribuye a los corredores la facultad de dar fe en los contratos en que intervengan, haciendo de su testimonio prueba plena por cualquier litigio o controversia que pudiese surgir como consecuencia de estos. Se ordena a los corredores anotar diariamente las operaciones que se celebren ante su fe a través de libros. El emperador Carlos V por Real Cédula de 1527 instituyó el oficio de corredor público dentro del Sacro Imperio Romano Germánico. En Francia, en el Código Francés de Comercio de 1807 se revolucionó el estudio y carácter del Derecho Mercantil, se dispuso que el oficio de corredor podría ser ejercido por quien tuviera una carta de provisión y permiso de los Jueces Reales del lugar de su residencia, se fijó también el número de corredores que podía haber en cada ciudad.

En el Imperio Azteca, los pochtecas eran quienes intervenían a nombre del Huey Tlatoani en las negociaciones mercantiles, su función principalmente era la de comerciar y dirimir conflictos entre comerciantes, se consideraban hombres sabios, dignos de respeto y consejeros de la realeza azteca. Los pochtecas eran una institución en sí mismos.

Con el descubrimiento de América y posterior conquista, el imperio español impone sus costumbres, prácticas y por supuesto su legislación, y al convertirse América en mina de oro para los comerciantes europeos la intervención del Corredor resultó vital. Por Real Cédula de 1527, Carlos V instituyó el oficio de corredor público aplicable a la Nueva España, años después Felipe II, en agosto de 1561 confirió al Ayuntamiento de México (parte de la hoy Ciudad de México) la facultad de expedir los títulos de corredores públicos. Dichas reglamentaciones impuestas por Felipe II se encuentran recopiladas en las Leyes de Indias.

En 1854 se publicó el primer Código Mercantil Mexicano “Código de Lares”, otorgando al ministro de Fomento las facultades necesarias para reglamentar a los corredores públicos. El 20 de abril de 1884 se promulga por Porfirio Díaz un nuevo Código de Comercio Mexicano, (en vigor actualmente) que también regulaba a los corredores públicos y el 29 de diciembre de 1992 se publicó la Ley Federal de Correduría Pública, que otorga las facultades que poseen actualmente, recayendo en abogados con alto grado de conocimiento del Derecho Mercantil y contratos internacionales, y que actúan como Valuadores, Mediadores, Asesores, Árbitros, y actúan como fedatarios públicos en materia mercantil. Muchísimas empresas mexicanas se constituyen ante estos fedatarios, así como certificación de hechos, documentos y programas IMMEX y formalización de actas de asambleas entre muchas actividades más.

Si requieres un avalúo, requieres copia certificadas, certificaciones de hechos o documentos, programas IMMEX o planeas constituir tu empresa acude con un Corredor Público.


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