Autoridad y derecho internacional

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En 1963 el papa Juan XXIII publicó la encíclica “Pacem in terris”, sobre la paz entre todos los pueblos. En aquel documento, a partir del número 138, se tocaba el tema de una autoridad mundial que debería existir por acuerdo de las naciones que pudiera conducir hacia el bien común universal. Tal autoridad, decía el papa, “ha de establecerse con el consentimiento de todas las naciones y no imponerse por la fuerza”. Afirmaba también que “la autoridad pública mundial ha de tender principalmente a que los derechos de la persona humana se reconozcan, se tengan en el debido honor, se conserven incólumes y se aumenten en realidad”.

Poco más adelante, la encíclica hablaba de la Organización de las Naciones Unidas y recordaba que “el objetivo fundamental que se confió a la Organización de las Naciones Unidas es asegurar y consolidar la paz internacional, favorecer y desarrollar las relaciones de amistad entre los pueblos, basadas en los principios de igualdad, mutuo respeto y múltiple colaboración en todos los sectores de la actividad humana”. Señalaba además favorablemente que en la “Declaración universal de los derechos del hombre” se “reconoce solemnemente a todos los hombres sin excepción la dignidad de la persona humana y se afirman todos los derechos que todo hombre tiene a buscar libremente la verdad, respetar las normas morales, cumplir los deberes de la justicia, observar una vida decorosa y otros derechos íntimamente vinculados con éstos”.

En el año 2009 el papa Benedicto XVI publicó su encíclica “Caritas in veritate”, sobre el desarrollo humano integral y, en el número 67, recuerda la propuesta de Juan XXIII, reiterando la necesidad de una autoridad política mundial, regulada por el derecho. Ese mismo párrafo comienza señalando “la urgencia de la reforma tanto de la Organización de las Naciones Unidas como de la arquitectura económica y financiera internacional, para que se dé una concreción real al concepto de familia de naciones”.

Un punto clave en la preocupación de Benedicto XVI era que si le falta la capacidad para que se respeten sus decisiones “el derecho internacional, no obstante los grandes progresos alcanzados en los diversos campos, correría el riesgo de estar condicionado por los equilibrios de poder entre los más fuertes”.

La situación actual del mundo, a mi parecer, deriva en buena medida de que la Organización de las Naciones Unidas no ha logrado avanzar en el sentido que Juan XXIII veía como una esperanza, por lo que después Benedicto XVI llegó a considerar que existía un sentir general para que ella se reformara.


  • Pedro Miguel Funes Díaz
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