La Constitución y la IA

Ciudad de México /

Por la vía electoral, la inteligencia artificial quiere llegar a la Constitución. La pregunta es si es el mejor momento, la mejor vía o siquiera una buena idea. Me temo que las respuestas son negativas en todos los casos.

La iniciativa de reforma electoral presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum propone incorporar a la Constitución un régimen de etiquetado obligatorio para contenidos electorales modificados con inteligencia artificial. El nuevo texto, que se añadiría al artículo 41 constitucional, exigiría que cualquier contenido alterado con estas tecnologías sea marcado para que se identifique. Los concesionarios de radio, televisión y plataformas digitales estarían obligados a detectarlos y evitar su difusión.

El diagnóstico que inspira la propuesta es una preocupación legítima. En distintos países existe inquietud por el uso de deepfakes o propaganda sintética capaz de manipular imágenes, voces o videos de actores políticos. La posibilidad de que estas herramientas se utilicen para engañar al electorado es real y el debate sobre su regulación ya está abierto en muchas partes del mundo.

El problema es la solución que se propone. En las democracias constitucionales existe un consenso amplio: la libertad de expresión ocupa una posición estructural en el sistema democrático. Por esa razón, el discurso político recibe el mayor nivel de protección jurídica. Cualquier restricción exige una justificación especialmente rigurosa.

La reforma propuesta obvia esta consideración y genera un escenario de mal pronóstico. En primer lugar, traslada a medios y plataformas la responsabilidad de vigilar el discurso público. Obligar a los intermediarios a identificar y bloquear contenidos y con ello crea incentivos para que se generen condiciones de censura previa.

El segundo problema es técnico. La iniciativa supone que es posible identificar con certeza y facilidad contenidos generados o manipulados mediante inteligencia artificial. La realidad es mucho más compleja. Los sistemas actuales de detección tienen márgenes de error importantes y la tecnología evoluciona rápidamente.

Finalmente, la regulación es conceptualmente incompleta. La propuesta obliga a etiquetar contenidos “modificados” o “alterados” con inteligencia artificial. No así los generados completamente por ella. Paradójicamente, muchos de los casos más problemáticos quedarían fuera del supuesto normativo.

Combatir la desinformación electoral es un objetivo legítimo. Pero las soluciones regulatorias deben ser compatibles con la libertad de expresión. La regulación debería concentrarse en exigir transparencia y responsabilidad directa a partidos, candidatos y actores políticos que producen propaganda engañosa, en lugar de convertir a los intermediarios digitales en árbitros del debate público. El remedio puede terminar siendo peor que la enfermedad.


  • Sergio López Ayllón
  • Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores / Escribe cada 15 días (miércoles) su columna Entresijos del Derecho
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