Corte concede amparo a Alejandra Cuevas por caso Gertz Manero y ordena su liberación

Alejandra Cuevas se encuentra en el penal de Santa Martha Acatitla desde octubre de 2020, acusada del delito de homicidio doloso de Federico Gertz Manero.

Alejandra Cuevas.
José Antonio Belmont
Ciudad de México /

Por unanimidad, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la "inmediata y absoluta" libertad de Alejandra Cuevas, luego de casi año y media presa en el penal femenil de Santa Martha Acatitla, acusada de la muerte de Federico, hermano del fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero.

"Se instruye, en este momento, a la Secretaría General de Acuerdos (de la SCJN) para que, por los medios más eficaces y expeditos, notifique a las autoridades correspondientes la determinación de este Tribunal Pleno y en consecuencia se ponga en absoluta e inmediata libertad a la quejosa Alejandra Guadalupe Cuevas Morán", exclamó el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, antes de concluir la sesión pública de este lunes.

En su proyecto de sentencia, el ministro Gutiérrez Ortiz Mena validó los dichos de Alejandra Cuevas y concluyó que no fue garante de la vida, “de manera accesoria”, de Federico Gertz Manero, por lo que, dijo, no se le puede atribuir su muerte.

Durante la discusión de este asunto, los ministros Luis María Aguilar Morales y Yasmín Esquivel Mossa coincidieron en que la figura jurídica de "garante por accesoria" de la vida de Federico Gertz Manero que la autoridad le imputó a Alejandra Cuevas no existe en ningún ordenamiento jurídico.

"Esa figura jurídica no existe entre las formas de participación en la realización del delito en comisión por omisión que limitativamente establece el artículo 16 del Código Penal para la Ciudad de México, antes Distrito Federal. Si ella no tenía la calidad de garante de la vida de la supuesta víctima y menos con la forma de accesoria que no existe en la ley, se violó en su perjuicio el derecho fundamental de legalidad en su vertiente de exacta aplicación de la ley", explicó Aguilar Morales.
"La quejosa no tiene la calidad de garante; sin embargo, considero que debe precisarse que ello es debido a que no encuadra en alguno de los supuestos previstos en el artículo 16 del Código Penal del Distrito Federal", abundó Esquivel Mossa

Por su parte, las ministras Margarita Ríos Farjat y  Loretta Ortiz Ahlf argumentaron que el contenido de las pruebas, aun en su máximo alcance probatorio, no son aptas para acreditar que Alejandra Cuevas auxilió a su madre Laura Morán para que se considerara la existencia de una conducta generalizada de desatención a Federico Gertz Manero.

"Considero que sería posible concluir que la señora Cuevas no es probable responsable de la comisión del delito atribuido en ninguna de las dos calidades por las que la autoridad responsable le atribuye su participación", expuso Ríos Farjat.
"No es posible sostener que existió descuido alguno dado que no se comprueba ninguna omisión a cargo de la imputada (...) no existió una pasividad absoluta sino que se realizaron las acciones de cuidado que ya han precisadas", abundó Ortiz Ahlf.

En 2015, el funcionario denunció ante autoridades de la Ciudad de México el homicidio de su hermano Federico, al argumentar que la falta de cuidados de su entonces pareja Laura Morán, y la hija de ésta, Alejandra Cuevas, deterioraron su salud provocándole la muerte. Esta denuncia no prosperó hasta que Gertz Manero fue nombrado por el actual gobierno federal como titular de la Fiscalía General de la República (FGR). 

Diversos dictámenes concluyeron que las omisiones en los cuidados en la salud de Federico Gertz Manero derivaron en que padeciera desnutrición, deshidratación, anemia, neumonía y “diversos daños físicos y orgánicos” que a la postre le ocasionaron la muerte. 

El hermano del titular de la FGR murió de “congestión visceral generalizada derivada de un infarto y de un daño a nivel pulmonar, de hígado y de riñón, lo que implicó una falla orgánica múltiple”. 

El Ministerio Público de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México acusó tanto a Laura Morán como a Alejandra Cuevas del delito de homicidio culposo de concubino. 

En el caso de Cuevas Morán, las instancias jurisdiccionales previas le asignaron el carácter de garante de la vida “de manera accesoria”, lo cual lo negó argumentando en su declaración ministerial que solo iba a visitar los martes a su madre Laura Morán en su residencia ubicada en Explanada 930, colonia Lomas de Chapultepec. 

Previo al fallo del Pleno de la Corte, Ana Paula, hija de Alejandra Cuevas, manifestó que confiaban que los ministros de la Corte deliberarían para que su madre fuera puesta en libertad.

"Lo que queremos es reconstruirnos como familia, estar con mi mamá y tomar fuerzas para lo que sigue; lo que más me importa es la justicia en México y ayudar a la mujeres que están encarceladas", dijo en entrevista para MILENIO Televisión

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