Emiten recomendación a SSC y Fiscalía de CdMx por violación y tortura en detención de dos mujeres en 2022

Magda Soberanes y Karla Tello fueron detenidas en la recuperación de la OKUPA CNDH.

Denuncian que elementos de la SSC azotaron sus cabezas en el piso.
Azucena Rangel
Ciudad de México /

La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México emitió la recomendación 06/2024 en donde después de dos años se reconoce que Magda Soberanes y Karla Tello fueron víctimas de violaciones a sus derechos humanos así como tortura y agresión sexual durante su detención el 15 de abril del 2022 en la recuperación de la OKUPA CNDH ubicada en la alcaldía Cuauhtémoc.

“Esta Comisión tiene por acreditado que la detención de las mujeres configura una detención arbitraria, en tanto de las diversas evidencias que esta Comisión analizó, se pudo desprender que desde que los elementos de la SSC ingresaron al inmueble las superaban en número.
Incluso cuando estaban materialmente detenidas, fueron sacadas y acompañadas por un grupo considerable de elementos de la policía quienes entre jaloneos las ingresaron al interior de las patrullas para ponerlas a disposición, sin que en ninguna de estas acciones se haya justificado el uso desproporcional de la fuerza ejercida en su contra”, detalló la CDH en su recomendación.

De acuerdo con la relatoría de los hechos, ambas jóvenes se encontraban al interior del inmueble cuando una de ellas se percató que el inmueble estaba siendo rodeado por elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana quiénes se disponían a entrar al edificio por la fuerza, en su intento de protegerse ambas fueron golpeadas con la puerta del balcón la cual tenía la intención de mantener cerrada para evitar ser agredidas.

Posteriormente, ambas decidieron fueron aprehendidas por elementos de la SSC quiénes azotaron sus cabezas en el piso con la intención de someterlas y realizarles una revisión y durante ese tiempo fueron jaladas de los brazos, para que permanecieran en un sillón donde fueron insultadas y amenazadas por personal de la dicha dependencia.

Después de dichas acciones ambas fueron trasladadas al Ministerio Público de la Coordinación Territorial BJ-2 de la Fiscalía de Investigación Territorial en Benito Juárez en donde se les acusó de delitos contra la salud por la presunta portación de bolsas de plástico con hierba verde a la hora de su detención, hecho que posteriormente se comprobó que había sido falso.

Tras esto, Karla y Magda acusaron que agentes de la Policía de Investigación les realizaron a ambas una revisión física sin darles a conocer los motivos de dicha acción; durante esta revisión la Policía de Investigación, Brenda Yadira Martínez Cruz le pidió a ambas que se desnudaran para posteriormente cometer actos de abuso sexual en agravio de ambas jóvenes argumentando que se trataba de una revisión.

Derivado de estos hechos la CDH elaboró una investigación en donde se logró acreditar que ambas jóvenes fueron víctimas de tortura, violación a sus derechos humanos y agresión sexual durante las horas posteriores a su detención en la OKUPA CNDH, esto tomando como referencia dictámenes físicos y psicológicos que se les realizaron, así como la revisión de documentación-

Asimismo, se acreditó que hubo vulneración el debido proceso ya que se difundieron imágenes de las detenidas al momento del arresto y posterior, lo cual puso en riesgo la integridad de quiénes fueron acreditadas como víctimas indirectas de este hecho.

Ante esto la Comisión fijó una serie de medidas de reparación entre las que se incluyen que tanto las víctimas directas como indirectas deben de quedar inscritas en el Registro de Víctimas de la Ciudad de México, conforme a los procedimientos y requisitos que establece la Ley de Víctimas para la Ciudad de México y su respectivo Reglamento, además de garantizar que se les dé la atención médica y psicológica que se requiera junto con el respectivo seguimiento por parte de la CEAVI.

Asimismo la Fiscalía en un plazo no mayor a 120 días a partir de la aceptación de la presente Recomendación, se solicitará que ésta sea integrada en la indagatoria que se encuentra en trámite en la Fiscalía de Investigación de Delitos Sexuales, con el fin de que las evidencias documentadas sean consideradas como elementos de prueba para acreditar que los actos de violencia sexual fueron infringidos en contra de las víctimas como una forma de tortura, tal como lo documentó dicho organismo.

Por último en un plazo no mayor a 365 días naturales contados a partir de la aceptación de la Recomendación la SSC y la FGJCdMx deberán realizar un acto de reconocimiento de responsabilidad público dirigido a Karla Tello y Magda Soberanes, el cual deberá ser plenamente satisfactorio para ellas, por lo que el formato deberá ser acordado con las mismas, con apoyo de la CDH de la Ciudad de México.

CHZ

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