En 2018 se presentaron 570 denuncias por aborto

Código penal. Encabezan averiguaciones CdMx, con 109; Estado de México, con 79; BC, con 63, y Tamaulipas, con 46.

El pañuelo verde llegó al Senado: Aborto legal y gratuito. (Silvia Arellano)
Activistas portando pañoletas verdes con la leyenda #AbortoParaTodoMéxico. (Javier Ríos)
Silvia Arellano y Elia Castillo
Ciudad de México /

De enero de 2018 a enero de 2019 se han abierto 619 carpetas de investigación por aborto, tipificado como delito del fuero común por atentar contra la vida y a la integridad corporal, de acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

En 2018 se iniciaron 570 averiguaciones previas por este delito y en enero de este año, 49, reportaron procuradurías de 28 entidades (en Colima, Nayarit, Tlaxcala y Yucatán no hubo).

Cuatro estados registraron el mayor número de denuncias: CdMx, con 109; Estado de México, con 79; Baja California, con 63, y Tamaulipas, con 46.

El aborto está tipificado como delito en los 32 códigos penales de las entidades, así como en el federal. Solo 14 estados consideran el riesgo en la salud de la mujer como causal de aborto, únicamente en Ciudad de México no se considera delito antes de las 12 semanas de gestación.

La organización Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) señala en su informe “Maternidad o castigo. La criminalización del aborto en México 2018” , que en el periodo enero 2007-diciembre 2016 a 83 personas se les dictó prisión preventiva por el delito de aborto, 44 de ellas son mujeres.

La mayoría de las entidades federativas contemplan penas en prisión en el delito de aborto, solo Chiapas, Michoacán y Veracruz consideran penas alternativas en libertad. Morelos considera la aplicación de un tratamiento brindado por las instituciones de salud locales.

Los códigos penales de Jalisco, Tamaulipas y Yucatán señalan que este tipo de tratamientos médicos tienen como objeto “ayudar a la mujer a superar los efectos y las consecuencias causadas por el aborto provocado”.

Jalisco y Tamaulipas agregan que esto tiene la finalidad de reafirmar los “valores humanos por la maternidad”, procurando el “fortalecimiento de la familia”. En los tres casos, el juez decidirá la sustitución de la cárcel por un tratamiento médico integral, siempre y cuando la mujer no haya sido imputada por el delito de aborto con anterioridad.

En tanto, la Ley General de Víctimas establece en su artículo 29 la obligación para toda institución hospitalaria pública de dar atención inmediata de emergencia a las víctimas de hechos delictivos o de violaciones a derechos humanos, sin exigir condición alguna para su admisión e independientemente de su capacidad económica y su nacionalidad.

Asimismo, en el artículo 32 de esa legislación se precisa que toda víctima de violación sexual o cualquier otra conducta que afecte su integridad física o psicológica, se le garantizará el acceso a los servicios de anticoncepción de emergencia y de interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos por la ley, con absoluto respeto a la voluntad de la víctima.

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ALISTAN SENADORAS RECURSO POR NL

Senadoras de Morena analizan la posibilidad de presentar una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte para echar atrás la reforma que penaliza el aborto en Nuevo León. La morenista Citlalli Hernández dijo que revertir las leyes donde ya se aprobó la interrupción legal del embarazo, como en CdMX, y cuya reforma alista su compañera Lilly Téllez, es inconstitucional.

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