¿Qué es el acoso verbal y cómo identificarlo? Aquí te decimos dónde denunciarlo

El acoso verbal puede estar relacionados con delitos como el acoso escolar en el trabajo y hacia las mujeres. Aquí todo lo que sabemos.

¿Qué es el acoso verbal?
Ciudad de México /

En la actualidad el acoso sexual, así como la violencia física en contra de la mujer ha sido uno de los temas más preocupantes de la sociedad, sin embargo, estas no son las única manifestaciones de agresiones en contra del sector femenino

Según datos del INEGI, en el 2021, la violencia psicológica representó el mayor problema de agresión en contra de las mujeres, destacando la violencia verbal, que para la sociedad no representa una señal de alerta.  

MILENIO, se dio a la tarea de recuperar el testimonio de Aranza Paulín. La joven contó como a los 11 años recibió insultos disfrazados de halagos por parte de dos señores.  

"La primera vez que me acosaron en la calle la recuerdo perfecto, tenía 11 años e iba caminando hacia la tortillería porque mi mamá me había mandado. Traía un short porque hacía demasiado calor, pasaron dos señores en un carro y me gritaron algo que ni siquiera me atrevo a decir; sentí mucho miedo, me regresé corriendo a mi casa y lloré".

Así como Aranza, miles de mujeres son víctimas de acoso verbal en el país, es por eso que aquí te explicamos qué es y como podrías identificarlo en distintos escenarios, además de qué acciones legales puedes tomar para denunciar a tu agresor. 

Identifica el acoso verbal 

El acoso verbal o abuso verbal, como también se le conoce, es una forma de ataque que se produce cuando una persona critica, insulta u hostiga a otra por medio de las palabras. Tiene fines destructivos que buscan dañar el concepto de sí mismo de la persona y producirle emociones negativas.

Aunque el abuso verbal tiene sesgos psicológicos y se manifiesta como un mecanismo de defensa que las personas pueden cometer en ocasiones; aquí en MILENIO te contamos algunas consecuencia que puedes tener, incluso legales, si esto se vuelve un patrón de conducta que utilizas intencionalmente para controlar, acosar o manipular a otras personas. 

En realidad el abuso verbal es un delito agravante, que para el licenciado en Derecho Penal, Gerson. V. Rodríguez, depende de las circunstancias y condiciones bajo las cuales ocurre un delito determinado.

En el caso de el acoso verbal, normalmente siempre viene acompañado de otro delito, o mejor dicho, el delito en cuestión podría agravarse en caso de haber muestras de abuso verbal, ya que se trata de una acción que está relacionada, con el acoso laboral, bullying en las escuelas, y en el peor de los escenarios hostigamiento sexual hacia la mujer, que se podría tipificar en un delito por acoso sexual.

Aunque pudiera parecer una condición dirigida hacia las mujeres, no hay que olvidar que los hombres también pueden ser víctimas de acoso verbal, por lo que es importante identificar si estás recibiendo violencia verbal de las siguientes maneras:

¿Cómo saber si soy víctima de acoso verbal?

—Si la persona busca humillarte, burlarse o insultarte de forma pública o privada.

—Si con sus palabras, logra manipularte emocionalmente.

—Descalifica constantemente tu opinión y hace menos tu forma de pensar con insultos o menosprecios.

—Te habla desde una posición de poder, con el fin de subyugarte y hacerte sentir inferior.

—Recibes “insultos” disfrazados de halagos, de personas que ni siquiera conoces.

Como ves, cada una de estas condiciones son manifestaciones en las que se puede producir el acoso verbal, sin embargo, su interpretación puede ser un poco ambigua y estar sujeta al escenario en el que están ocurriendo cada una de las situaciones.

Inclusive la pena o castigo de estos delitos pueden variar según el escenario y del actor que realiza la agresión, pues para la ley, no es lo mismo recibir un “cumplido” en la calle de un desconocido, que estar sufriendo una manipulación emocional por parte de tu pareja o jefe en el trabajo.

Bullying en las escuelas

En la página oficial del gobierno de México se define que el acoso escolar es un comportamiento prolongado mediante el cual un alumno puede estar abusando y maltratando física o psicológicamente a otro estudiante.

“El acoso escolar es un comportamiento prolongado de abuso y maltrato que ejerce una alumna o un alumno, o bien un grupo de alumnas o alumnos sobre otro u otros, en las escuelas con el propósito de intimidar o controlar al alumno, mediante contacto físico o manipulación psicológica”.

Para este posible escenario se contemplan tres tipos de acoso: acoso verbal, acoso social y acoso físico.

En el caso del acoso verbal, “consiste en expresar de manera directa o indirecta entre las alumnas y alumnos palabras desagradables o agresivas cuya intención sea humillar, amenazar o intimidar a otro. Se incluyen burlas, insultos, comentarios sexuales inapropiados y provocaciones”. 
Violencia en las escuelas

Sin embargo, para que esto sea considerado un delito depende de dos situaciones:

Que el acoso verbal venga de parte de una figura de poder, cuyas acciones se pueden tipificar como un delito por abuso de poder, en el que una persona aproveche su posición para humillar o transgredir emocionalmente a la persona.

O que sea un acto repetitivo y sistemático, es decir, que la acción se repita constantemente con el fin de vulnerar la condición emocional del estudiante.

¿En dónde denunciar? 

Si estás siendo víctima de acoso verbal escolar, puedes consultar el Programa Nacional de Convivencia Escolar, que el gobierno pone a disposición de las personas para garantizar la sana convivencia en las escuelas.

O bien, comunicarte al número telefónico de ACOSO: 01 800 11

Acoso verbal en el trabajo

Para el caso de acoso verbal en el trabajo, la situación puede ser más complicada para el agravante, pues estaría violando diversas leyes no solo de la Ley Federal del Trabajo, sino también del Código Penal de cada estado y en algunos escenarios de La Ley General de Acceso de las Mujeres a Vivir una Vida sin Violencia.

El acoso laboral, está relacionado con las acciones verbales sistemáticas y repetitivas que pueden dañar psicológica o emocionalmente al trabajador, en caso de ser humillado, hostigado, insultado o amedrentado.

Acoso laboral contra mujeres.
El psicólogo Heinz Leyman define al acoso laboral como: “una situación en que una persona, o varias, ejercen una violencia psicológica extrema, de forma sistemática y recurrente, durante un tiempo prolongado, sobre otra u otras personas en el lugar de trabajo con el fin de destruir sus redes de comunicación, destruir su reputación, perturbar el ejercicio de sus labores y conseguir su desmotivación laboral”.

Como se puede ver, la definición planteada en 1997, ni siquiera contemplaba los escenarios de hostigamiento sexual desencadenados de agresiones verbales en contra de la mujer.

Hoy en día, se considera acoso verbal en el trabajo a los gritos o insultos, críticas permanentes al trabajo de las personas, amenazas verbales y actos que pudieran deparar en una denuncia por acoso sexual.

La licenciada Livia. F. Quezada de la UNAM explicó para MILENIO, que en La Ley Federal del Trabajo, en el artículo 3o. Bis., se contemplan los delitos por hostigamiento y acoso sexual con agravantes por conductas verbales, que pueden repercutir en la detención del agresor.

Ley Federal del Trabajo

Artículo 3o. Bis.- Para efectos de esta Ley se entiende por:

—Hostigamiento, el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas.

—Acoso sexual, una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Por su parte, las penas, castigos y multas, a quién cometa este delito, están establecidas en dicha Ley, y dependen de la tipificación del delito, pues como se mencionó las circunstancias así como las agravantes y la posición de poder, determinarán las sanciones del agresor.

¿En dónde denunciar?

El gobierno de la Ciudad de México en coordinación con la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo (STFE) ponen a la disposición de los ciudadanos los siguientes medios de contacto para solicitar una inspección laboral en caso de que tus derechos estén siendo vulnerados.

Correo: denuncias.inspeccion@cdmx.gob.mx

Teléfono: 55 57 09 32 33 ext. 4051, 4053 y 4054

O puedes acudir de forma presencial al módulo de la Inspección en la STFE, de lunes a jueves en un horario de 9:00 a 16:00 horas y los días viernes de 9:00 a 15:00 horas.

Acoso verbal disfrazado de “cumplidos”

En 2017, MILENIO, investigó el caso de Tamara de Anda, una mujer que alzó la voz en sus redes sociales para denunciar que un taxista le gritó “guapa” mientras ella caminaba por la calle, ante esta acción las personas se empezaron a cuestionar si se trataba de un piropo inofensivo o si fue acoso verbal.

Para esto se consultó el Protocolo para la atención de casos de hostigamiento y acoso sexual, elaborado por el Instituto Nacional de las Mujeres, el cual indica que los piropos pueden ser considerados acoso verbal si vienen de personas desconocidas y sin ser solicitados.

En entrevista con MILENIO, Daniel García Huerta, especialista en Derechos Humanos, señaló que "los piropos callejeros representan una forma de violencia sexual que se traduce en mecanismos de acoso. Cuando son dirigidos por personas desconocidas hacia mujeres, ya que (principalmente) se refuerza la idea de que su cuerpo puede ser observado, cosificado y apropiado por sujetos desconocidos en donde el consentimiento de las mujeres no representa un elemento a considerar.”

Por su parte, en el blog de la doctora Andrea Pérez, del Centro Médico de la Mujer, están conscientes que la violencia verbal se toma como algo común entre las persona al ser una acción que la mayoría de las veces no trae consecuencias graves y pasa desapercibida, sin embargo, aquí en MILENIO te contamos algunos mecanismos legales, bajo los cuales puedes denunciar un acoso verbal.

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Li

ARTÍCULO 13

—El hostigamiento sexual es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva.

—El acoso sexual es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Como puedes ver, el acoso verbal es una acción que puede tipificarse en un delito por acoso sexual que se puede agravar por malas conductas verbales.

La multa por acoso verbal puede castigarse según el Código Civil de la Ciudad de México, bajo el título de “vejación y maltrato verbal”, el cual se castiga de 11 a 20 veces el salario mínimo o con un arresto de 13 a 24 horas.

Es importante aclarar que el acoso verbal a las mujeres, también puede tener matices relacionados con el maltrato familiar, en el ámbito laboral, o que depare en una agresión de carácter sexual hacia la víctima, por lo que en estos casos las sanciones y penas pueden aumentar.

¿En dónde denunciar?

La Fiscalía General de Justicia (FGJ) de la Ciudad de México pone a disposición los siguientes números de teléfono en caso de que una mujer esté siendo víctima de violencia familiar o esté en riesgo de recibir un daño físico o emocional.

Línea Mujeres: 55 56 58 11 11

Consejo Ciudadano: 55 55 33 53 33

Hay que aclarar que las penas y sanciones por el delito de acoso verbal, así como las líneas de emergencia y protocolos a seguir en caso de ser víctima de hostigamiento, pueden variar según el estado de la República mexicana en la que te encuentres.

Por ejemplo en el estado de Guerrero, existe el Protocolo Violeta, es cual es un acuerdo que facilita la protección a mujeres que se encuentran en un riego inminente de sufrir algún daño grave a su integridad personal, por lo que este protocolo permite activar una alerta, en caso de que se incumplan alguna de las “leyes” que se describen en ese manual, entre ellas el hostigamiento y acoso sexual.

RM

  • Rafael Mejía Fernández de Lara
  • Hoy editor de noticias, algún día presentador de TV. La vida me puso en la sección de policía, pero yo decidí entre ser el periodista bueno o malo. Fan de los deportes

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