Un Tribunal Federal desechó por notoriamente improcedente el recurso que presentó Marko Cortés, líder nacional del PAN, quien reclamó el Memorándum que emitió el presidente Andrés Manuel López Obrador para cancelar la reforma educativa.
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El 26 de abril, la juez Alma Delia Aguilar Chávez Nava, titular del Juzgado Décimo Quinto de Distrito en Materia Administrativa, desechó la demanda de amparo.
Ahora, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa resolvió desechar por notoriamente improcedente el recurso.
En el fallo se menciona que el magistrado Rolando González Licona explicó que el dirigente panista equivocó la ruta para controvertir el fallo de la juez de distrito.
Para impugnar el desechamiento de un juicio de amparo es el recurso de queja y no el de revisión, al tiempo en el que subrayó que los tribunales colegiados no están facultados para reencauzar la vía.
“No existe base legal para sostener que cuando el recurso interpuesto no fuera el indicado deba reencauzarse la vía y admitirse el que resulte procedente, porque la Ley de Amparo establece con claridad la procedencia y el trámite que debe darse a los recursos de revisión y de queja.
“Por ello, si el recurrente expresamente interpone el de revisión contra el auto que desechó su demanda de amparo, la actuación del Presidente del Tribunal Colegiado de Circuito que conozca del recurso debe limitarse a determinar sobre su procedencia, admitiéndolo o desechándolo, según corresponda, sin que pueda reencauzar la vía y tramitar un recurso distinto. Este proceder no vulnera el derecho humano de acceso a la justicia reconocido en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, establece la resolución.
OVM