Propuesta de feminicidio las favorece a ellas: Gertz

Violencia de género

Polémica. El fiscal reitera que eliminar el delito y castigarlo como agravante de homicidio permitirá que los agresores reciban penas que van de 40 a 70 años.

El titular de la FGR externó su opinión en reunión con legisladores de Morena. (Héctor Téllez)
Lo que la ley dice. Feminicidios. (Gráfico: MILENIO)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Pese a las voces que se oponen, el titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, defendió su propuesta de suprimir el delito de feminicidio para redefinirlo como homicidio con una agravante y así castigarlo con penas de 40 a 70 años de prisión, ya que los requisitos que contempla el artículo 325 del Código Penal Federal dificultan llevar a juicio los casos.

MILENIO dio a conocer que el fiscal declaró en una reunión privada con legisladores de Morena que la tipificación del feminicidio como delito “se vendió” como la “panacea” que iba a resolver el problema del abuso contra las mujeres, cuando hoy es todo lo contrario, por ello la necesidad de desaparecer de la ley ese tipo penal.

Lo anterior generó una serie de críticas de diversos sectores de la sociedad, pero la FGR dio a conocer sus razones de por qué defiende la propuesta de Gertz.

La dependencia dijo que es importante desaparecer el delito de feminicidio para tener éxito en los casos que se judicializan, o sea, que se consignan ante jueces.

“Si simplemente se tipifica y se mantiene el delito de feminicidio como un homicidio contra una mujer, este debe tener el agravante y la penalidad más alta, que debe ser de 40 a 70 años, que es superior a la que actualmente se aplica en cualquier delito de homicidio calificado o agravado”, explicó.

La fiscalía puntualizó que esta es la “tesis” que defiende Gertz, “todo ello en favor de las mujeres que son víctimas”, para que cuenten con un tipo penal sencillo, eficiente y de la más alta sanción, para lograr la defensa de su vida y la protección de su integridad.

DIFICULTADES

La dependencia advirtió que el delito de feminicidio ha crecido en el país, de 2012 a la fecha, 137.5 por ciento, de acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad.

Recordó que el feminicidio está contemplado en los códigos penales de 28 entidades federativas y en el Código Penal Federal.

Sin embargo, para este delito actualmente se imponen siete condiciones, requisitos y circunstancias “que complican inútilmente su judicialización”, pues así lo establece el artículo 325 del Código Penal Federal.

Gertz comentó a los legisladores que el delito de feminicidio es solo un ejemplo de muchos, de un sistema que parece que encontraba en cada crisis un pretexto y en cada pretexto un escándalo y después un fracaso.

“No podemos seguir así, entonces el planteamiento lo tenemos que tomar desde el origen que es, fundamentalmente una ley de justicia cívica de ley nacional que contenga al delito”, apuntó.

La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, ha señalado que la muerte violenta de las féminas por razones de género, tipificada en nuestro sistema penal como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer y una de las manifestaciones más graves de la discriminación hacia ellas.

Regularmente los homicidios que se cometen contra las mujeres no son investigados tomando en consideración que podrían tratarse de feminicidios.

El modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género establece que todas las muertes violentas de mujeres que en principio parecerían haber sido causadas por motivos criminales, suicidio y accidentes, deben analizarse con perspectiva de género, para determinar si hubo o no razones de género en la causa de la muerte y para confirmar o descartar el motivo de ésta.

En tanto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que en el caso de muertes de mujeres se debe identificar las conductas que causaron la muerte de la mujer; verificar la presencia o ausencia de motivos o razones de género que originan o explican la muerte violenta; preservar evidencias específicas para determinar si hubo violencia sexual y hacer las periciales pertinentes para determinar si la víctima estaba inmersa en un contexto de violencia.

Gertz Manero también declaró ante los legisladores que todas las reformas legales que se han hecho no han dado resultado, “y si lo dieran, no estaríamos hablando de esto, así de sencillo…”.

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