El presidente Andrés Manuel López Obrador firmó un decreto por el cual el Instituto Nacional de Migración (INM) ya no podrá intervenir en el proceso de los migrantes detenidos en México por la presunta comisión de delitos.
Con la reforma del artículo 93 de la Ley de Migración publicada en el Diario Oficial de la Federación se establece que el INM únicamente podrá solicitar información de los casos de “comisión de delitos” que tenga hasta el momento el Ministerio Público para control y revisión migratoria.
“El Instituto (Nacional de Migración) solicitará información al Ministerio Público sobre las denuncias formuladas en contra de los extranjeros por la presunta comisión de los delitos, solo para efectos de control, verificación o revisión migratoria”, explica el documento.
Anteriormente, el INM podía “recibir y atender las denuncias formuladas en contra de extranjeros por la presunta comisión de delitos”, con la nueva modificación cuando se presente una denuncia ante el INM, este estará obligado a remitirlo a la “autoridad competente” sin intervenir en el proceso.
“Cuando los particulares presenten denuncias ante él, deberá informar a los particulares que no es la autoridad competente para conocer (el caso) y enviará de forma inmediata al particular ante la autoridad competente para que presente la denuncia correspondiente”, especifica el decreto.
De esta manera, cuando haya un caso pendiente no se podrá asegurar o deportar al migrante detenido.
AE