El presidente Andrés Manuel López devolvió al Congreso de la Unión y pidió desechar en su totalidad el proyecto de reformas a la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios que, entre otros aspectos, prevé eliminar la inamovilidad de magistrados agrarios y limitar a 15 años su permanencia en el cargo, así como establecer el requisito de comprobar práctica profesional mínima de cinco años en materia agraria para ocupar esa posición.
El decreto, aprobado por el Senado de la República y ratificado por la Cámara de Diputados, establece asimismo la obligación del Ejecutivo de justificar la idoneidad de sus propuestas para magistrados agrarios, haciendo constar su trayectoria profesional y académica.
No obstante, en su oficio enviado a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el Presidente de la República sostuvo que dicha obligación no sólo excede lo dispuesto por el texto constitucional, sino que afecta la división de poderes.
Sobre la eliminación de la inamovilidad de los magistrados agrarios y la limitación a 15 años su permanencia en el cargo, López Obrador consideró que se trata de una disposición discriminatoria, ofensiva y contraria al artículo 1 constitucional contra los adultos mayores.
Recordó que en la iniciativa original se argumentó que el desempeño profesional de las personas adultas mayores conlleva perjuicios inherentes a las afecciones a la salud; incapacidad para asumir perspectivas innovadoras en el análisis de la justicia agraria; riesgo de corrupción y propensión a la egolatría y actitudes desmedidas; falta de responsabilidad y productividad de sus funciones y rezago en la resolución de controversias.
“Estos argumentos evidentemente resultaban discriminatorios u ofensivos y contrarios al artículo 1 de la Constitución y al marco convencional de protección de los derechos humanos”, puntualizó.
El mandatario cuestionó también el requisito de comprobar “práctica profesional mínima de cinco años en materia agraria” para ocupar el cargo de magistrado agrario, al tiempo de afirmar que, para el Ejecutivo, “más que el conocimiento formal, debe tomarse en cuenta la solvencia profesional, calidad ética, capacidad de análisis y razonamiento lógico-jurídico, demostrado con experiencia profesional y formación académica”.
Sostuvo que ni las iniciativas ni el dictamen ofrecen argumento para sustentar que el requisito de especialización tiene alguna ventaja para el desempeño de las funciones de juzgadoras y juzgadores.
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“Ni la iniciativa ni el dictamen correspondiente señalan cómo ha perjudicado en el desempeño de la justicia agraria el hecho de no haber requerido dicha especialidad, pues en 30 años de existencia de los tribunales, de 1992 a la fecha, no se ha solicitado este requisito”, dice.
El oficio del Ejecutivo fue turnado al Senado de la República para discutirlo nuevamente, como cámara de origen, aunque se precisaría de mayoría calificada de dos terceras partes para superar el veto del presidente López Obrador.
LP