La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a la comunidad otomí de San Francisco Xochicuautla y su barrio La Concepción, en el municipio de Lerma, Estado de México, misma que impugnó la construcción de un tramo de la autopista Toluca-Naucalpan.
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Aunque se les consultó para la realización de la obra, la consulta indígena no cumplió con los requisitos establecidos por la Constitución y los tratados internacionales.
Los ministros de la Segunda Sala determinaron que la comunidad no fue escuchada debidamente, ya que el tramo carretero atraviesa sitios considerados sagrados por los pobladores, y les impide transitar hacia los lugares de culto donde realizan sus prácticas ceremoniales.
Por ello, los ministros concedieron la protección a la comunidad para el efecto de que sin afectar la vía de comunicación federal, las autoridades responsables proporcionen lo necesario para que se habiliten los caminos en condiciones de seguridad que les permitan el acceso a los sitios ceremoniales.
Asimismo, deberán llevar a cabo la reforestación de las áreas aledañas a la autopista Toluca-Naucalpan, por lo menos en la denominada “zona federal”, en aras de reparar el daño a la naturaleza demandado por la comunidad indígena.
RM