Por perder el principio de certeza en los resultados de los ayuntamientos de Mazapiltepec y Tepeojuma, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó la nulidad de los comicios en ambos municipios, por lo que solicitó al Congreso y al Instituto Electoral del Estado convocar a elecciones extraordinarias.
Durante el análisis de los juicios de revisión constitucional, la ponencia de la magistrada María Silva Rojas consideró que en el municipio de Mazapiltepec se perdió el principio de certeza porque en ese ayuntamiento sólo hay dos secciones y uno de los dos paquetes se quedó sin vigilancia la noche previa al cómputo.
La magistrada consideró que de anular la votación en el paquete en el que no se garantizó la cadena de custodia, había un cambio de ganador en los comicios, sin embargo, al dejar sin efectos a una de las dos secciones, es decir la mitad de los sufragios, no se respalda la decisión ciudadana.
Por otra parte, se anuló la elección en el municipio de Tepeojuma una vez que también hubo pérdida de paquetes de seis de las 15 casillas instaladas, con ello, se perdió la cadena de custodia y el principio de certeza.
La causal de nulidad se actualizó porque se pretendía no tomar en cuenta los sufragios depositados en las seis casillas, pero esta cantidad representa más del 20 por ciento del total de los centros de votación instalados en ese municipio, por lo que el procedimiento deberá reponerse conforme a derecho.
Durante la sesión de pleno celebrada la noche del sábado por los magistrados, también se descartó la posibilidad de anular los comicios en el municipio de Tianguismanalco, pues si bien hubo quema de paquetería electoral, el Partido Revolucionario Institucional (PRI), otorgó las actas que acreditaban el triunfo del Partido Acción Nacional (PAN) en esa demarcación.
Los magistrados revocaron las sentencias del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) y devolvieron a la coalición “Juntos Haremos Historia” los municipios de San Salvador el Seco y Piaxtla, que el órgano local le había otorgado al PRI; en tanto, el municipio de Chapulco también le fue restituido al candidato común de Pacto Social de Integración y Movimiento Ciudadano.
Al analizar los recursos interpuestos por regidurías de representación proporcional, únicamente revocaron la asignación a Edgar Chumacero por el PRI en el municipio de Puebla, ya que el tricolor no contaba con la votación suficiente para otorgarle una segunda posición en el ayuntamiento.
Al no haber más modificaciones en el ámbito electoral porque se confirmaron las sentencias y se desecharon el resto de los recursos, el magistrado presidente, Armando Maitret responsabilizó al TEEP, por la espera en las resoluciones, ya que emitió sus fallos apenas la semana anterior y a la Sala Regional se remitieron 57 recursos entre el 10 y 13 de octubre.