Así es la Guardia Nacional que aprobó el Senado

Guardia Nacional

Los senadores aprobaron el dictamen, el cual establece que la corporación será de carácter civil y se conformará en 5 años.

El Senado aprobó por unanimidad el dictamen para la creación de la Guardia Nacional/Cuartoscuro.
Angélica Mercado y Olinka Valdez Morales
Ciudad de México /

El Senado de la República aprobó por unanimidad el nuevo dictamen de la Guardia Nacional, el cual establece que será civil y tendrá una conformación de 5 años.

El proyecto dista mucho de la propuesta original que se presentó en noviembre en la Cámara de Diputados

Mando civil, temporalidad de cinco años para regresar a fuerzas armadas a los cuarteles, eliminación de candados a cargo del Legislativo para disolver la Guardia Nacional y la obligación de los gobernadores para capacitar a las policías locales, son los principales cambios acordados por los senadores.


Sin facultad para investigar

Los senadores resolvieron que la participación de las policías y la Guardia Nacional en la investigación de los delitos estarán sujetas a la conducción jurídica del Ministerio Público. 

La propuesta inicial, a cargo de Morena en la Cámara de Diputados, presentaba a la Guardia Nacional como un organismo que se encargaría de mantener la paz pública y que sería auxiliar del Ministerio Público, el único organismo facultado para investigar delitos y ejercer acción penal.

Mando civil

Los senadores acordaron el carácter civil del nuevo organismo de seguridad, que estará adscrito a la Secretaría de Seguridad Pública y que, en su operación, estará regido por una doctrina policial fundada en el respeto a los derechos humanos.

En el dictamen de los diputados, la Guardia Civil tendría un mando civil, pero con elementos formados en la disciplina militar.

Conformación en 5 años

El Senado acordó que durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor del decreto, y mientras la Guardia Nacional desarrolla su estructura, el Ejecutivo podrá disponer de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria; es decir, el Ejército tiene cinco años para regresar a sus cuarteles mientras se estructura la Guardia Nacional.

El dictamen de los diputados establecía que mientras dure la situación de violencia en el país y por un plazo máximo de 5 años, como excepción a los límites de la Constitución a la participación de las fuerzas armadas, la Guardia Nacional estará adscrita a la Secretaría de la Defensa Nacional para que realice tareas en materia de seguridad pública. 

¿Se pude disolver la Guardia Nacional?

No. El Senado eliminó la facultad del Congreso de la Unión para desaparecer a la Guardia Nacional con mayoría calificada. 

La disposición, prevista en el dictamen aprobado por los diputados, prometía pleno derechos laborales y profesionales de sus integrantes en caso de disolución. 

Capacitación de policías locales

Los gobernadores tienen 180 días para enviar un diagnóstico del estado de sus policías local y municipales, además de una propuesta para fortalecerlas. 

Anualmente deben enviar a los congresos locales y al Consejo Nacional de Seguridad Pública la evaluación integral sobre en la capacitación. 

El dictamen aprobado originalmente por los diputados no establecía ninguna obligación para los gobiernos locales. 

Aprobada en Senado ¿qué sigue para la Guardia Nacional?

Si la cámara de diputados aprobara los cambios por la mayoría absoluta de los votos presentes enviará el proyecto a los congresos estatales. 

Si la reforma es aprobada por 18 estados, se enviará al Ejecutivo para que firme el decreto y se publique en el Diario Oficial de la Federación.

Si la Cámara de Diputados rechaza los cambios por mayoría de votos, lo enviará de nuevo al Senado que en una segunda revisión puede desechar sus propios cambios; aprobarlos por mayoría absoluta y, en tal caso, el proyecto en su totalidad no volverá a presentarse sino hasta el siguiente periodo de sesiones. 

De acuerdo con el artículo 72, el Presidente tiene la facultad de vetar la ley, y cuenta con 10 días para hacer observaciones y enviarlas a la cámara de origen. 

Si no lo hace, debe publicarse. 

Leyes reglamentarias 


Una vez concluida la reforma constitucional, el congreso deberá aprobar tres leyes reglamentarias: la Ley Nacional sobre el uso de la fuerza, la Ley Nacional del Registro de Detenciones y la Ley de la Guardia Nacional.

En la Ley de la Guardia Nacional debe incluir los supuestos para la coordinación y colaboración del cuerpo de seguridad con estados y municipios, para determinar las aportaciones. 



Después de un largo proceso de discusión en la que los legisladores desarrollaron audiencias públicas con la participación de 13 gobernadores, 15 presidentes municipales y 45 representantes de organismos empresariales y de la sociedad civil, el Congreso de la Unión, específicamente el Senado, que ejerció de cámara revisora, aprobó la minuta y la enviará de nuevo a la Cámara de Diputados. 

OVM 

LAS MÁS VISTAS