Avalan diputados ampliación de periodo de sesiones

Con 364 votos a favor y tres abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados avaló en lo general y particular, la reforma al artículo 66 constitucional para ampliar el periodo de sesiones hasta el 31 de mayo, hoy por ley, concluye el 30 de abril.

En la Cámara de Diputados, legisladores se pronuncian por el movimiento estudiantil del 68. (Fernando Damián)
Fernando Damián y Elia Castillo
México /

Con 364 votos a favor y tres abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados avaló en lo general y particular, la reforma al 66 constitucional para ampliar un mes el segundo periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión hasta el 31 de mayo, será aplicable a la presente legislatura.

Durante la sesión de este miércoles los legisladores aprobaron el proyecto que se envió al Senado para su análisis, discusión y eventual aprobación. La reforma amplía el segundo periodo de sesiones hasta el último día de mayo, hoy por ley, concluye el 30 de abril de cada año legislativo.

Las bancadas de oposición avalaron la propuesta, aunque cuestionaron que el hecho de ampliar el periodo no significa que se vaya a legislar más y mejor, sin embargo, PAN, PRI, MC y PRD votaron a favor del dictamen, en tanto, las tres abstenciones fueron de las legisladoras de Morena, Adela Piña, Julieta García y Leticia Aguilar.

Por acuerdo de la Comisión de Puntos Constitucionales que fue la instancia dictaminadora, se realizaron modificaciones previó a la discusión del proyecto, originalmente se tenía previsto en el artículo primero transitorio que la reforma fuera aplicable hasta la 65 Legislatura, sin embargo, se acordó un cambio para que sea efectivo durante la presente legislatura.

El dictamen señala que el primer periodo de sesiones no podrá prolongarse más allá del 15 de diciembre de cada año legislativo, salvo en la excepción de que el titular del Ejecutivo inicie su encargo el primero de octubre.

“Cada periodo sesiones ordinarias durará el tiempo necesario para tratar todos los asuntos…. El primer periodo no podrá prolongarse sino hasta el 15 de diciembre del mismo año, excepto cuando el Presidente de la República inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, en cuyo caso las sesiones podrán extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. El segundo periodo no podrá prolongarse más allá del 31 de mayo del mismo año”, señala el proyecto.


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