La Cámara de Diputados declaró la validez constitucional de las reformas a siete artículos de la Carta Magna para garantizar los derechos de las mujeres a la igualdad sustantiva y a vivir una vida libre de violencia, así como para cerrar la brecha salarial por razones de género.
Con los votos aprobatorios de los congresos locales de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México, la Mesa Directiva en el Palacio de San Lázaro formuló la declaratoria y dio turno al Senado de la República para cumplir el mismo trámite, a fin de enviar el decreto al Ejecutivo para su publicación y entrada en vigor.
De acuerdo con las reformas y adiciones a los artículos 4, 21, 41, 73, 116, 122 y 123 de la Constitución propuestas por la presidenta Claudia Sheinbaum, “el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres”.
El proyecto avalado en su momento por unanimidad por la Cámara de Diputados y el Senado de la República establece asimismo que toda persona tiene derecho a vivir una vida libre de violencias y, para ello, el Estado “tiene deberes reforzados de protección con las mujeres, adolescentes, niñas y niños”.
La reforma prevé el cierre de las brechas en materia salarial entre mujeres y hombres, al imponer la disposición obligatoria “a trabajo igual corresponderá salario igual, sin tener en cuenta sexo, género ni nacionalidad”.
Asimismo, se plantea elevar a rango constitucional la obligación de observar el principio de paridad de género en los nombramientos de los titulares de las dependencias federales, estatales y municipales.
Se establece además el mandato a las entidades federativas para garantizar que sus instituciones de procuración de justicia cuenten con fiscalías especializadas en investigación de delitos relacionados con violencias de género contra las mujeres.
Se incorpora también la perspectiva de género como principio de actuación de las instituciones de seguridad pública y de procuración de justicia.
LG