La nueva Ley de Movilidad del Estado de México fija las velocidades máximas en todos los espacios, las reglas generales de tránsito, la jerarquía de la movilidad, los límites de alcoholemia y contempla la suspensión de licencias, y por ende la imposibilidad de manejar algún vehículo automotor, a quien cometa tres faltas graves, entre otros aspectos.
Además de considerar la movilidad como un derecho humano, puntualiza las obligaciones de las autoridades, los derechos de las víctimas, las obligaciones y garantías de los usuarios del transporte público, la reparación integral del daño de quienes sufran algún percance, la obligación del transporte de contratar pólizas de seguro e indemnizar cuando sea necesario.
Derechos
El considerar la movilidad como derecho implica que el gobierno del estado y los municipios están obligados a procurar su debido ejercicio en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad y desarrollo sustentable. Los principios son la calidad, confiabilidad, congruencia, coordinación, eficiencia, equidad, exigibilidad, igualdad, jerarquía, legalidad y sostenibilidad.
En la pirámide de jerarquía primero están las personas, en especial las de condición de vulnerabilidad, luego ciclistas y personas usuarias de vehículos no motorizados, usuarios y prestadores del servicio de transporte público de pasajeros, personas prestadoras del servicio de transporte y distribución de bienes y mercancías y, finalmente las personas usuarias de vehículos motorizados particulares.
En todo proceso de carácter administrativo, penal o civil por un siniestro de tránsito, las autoridades deberán garantizar a las víctimas información, orientación y acompañamiento; respeto a su dignidad, privacidad e intimidad; recibir asistencia médica y psicológica, así como reparación integral del daño.
Contempla un Observatorio Ciudadano de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte; las personas usuarias deben contar con la infraestructura necesaria para su correcta y segura movilidad, desplazamiento o circulación; las y los usuarios del transporte público a un servicio cómodo, con higiene y eficiencia y la ciudadanía en general tiene derecho a denunciar cualquier irregularidad en la prestación del servicio.
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En los siniestros se les debe indemnizar a víctimas de algún accidente; en transporte público colectivo podrán viajar de manera gratuita menores de 5 años.
Multas de tránsito
Esta ley fija las reglas generales de tránsito y estipula que se debe exigir una licencia o permiso de conducir vigente y adecuado para el tipo de vehículo, acreditando un examen integral para su obtención o renovación mismo que consistirá en un examen teórico y práctico de conocimientos y habilidades necesarias.
La preferencia del paso a peatones y personas con discapacidad, respetando la jerarquía de movilidad; límites de velocidad de 30 a 80 kilómetros por hora, de acuerdo a la zona y horarios, con mayores restricciones en zonas de hospitales, asilos, albergues, casas hogar y e, al igual que en entornos escolares y calles terciarias y hasta 30 km en zonas y entornos escolares en bridas primarias y carreteras
Se debe sancionar a quienes no utilicen el cinturón de seguridad porque es obligatorio para todos los pasajeros de vehículos motorizados; el uso de sujeción para sillas de ruedas en las unidades que presten el servicio de transporte público; uso obligatorio de casco para personas conductoras pasajeros de motocicletas y bicicletas; motos no deben rebasar la cantidad máxima especificada en las normas oficiales mexicanas.
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Aunado a ello, las personas menores de 12 años o que físicamente lo requieran deben ir en los asientos traseros, de retención infantil o en un asiento de seguridad; queda prohibido hablar por celular o cualquier otro dispositivo, así como leer y, o enviar mensajes de texto, con excepción de manos libres.
La obligación de realizar pruebas de alcoholemia de manera permanente, con diferentes grados de alcohol como máximo en aire expirado o en sangre, dependiendo del tipo de unidad que se maneja, siendo más rigurosos con las motos; en el caso de vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga queda prohibido conducir con cualquier concentración.
Licencias de conducir
Las licencias expedidas en el extranjero están sujetas a los convenios internacionales que tenga México; las personas con discapacidad deben tener acceso a formatos accesibles para sus evaluaciones y las personas a las que se les haya suspendido o cancelado la licencia no podrán conducir.
La Secretaría de Movilidad fijará como medida provisional el suspender la licencia de conducir para operadores de servicio público cuando conduzcan en estado de ineptitud o de ebriedad, por orden judicial, por huir después de cometer una infracción.
Además, a quienes jueguen carreras de vehículos sin autorización, por transportar personas fuera de los lugares permitidos en el vehículo, cuando el titular cometa en el lapso de un año tres infracciones sancionadas con más de tres veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuando el titular permita que su licencia, el certificado médico o toxicológico sea utilizado por otras personas.
Transporte sostenible y moderno
De igual forma esta nueva Ley de Movilidad, promueve el uso de unidades cuyos impactos sociales, ambientales y climáticos permitan asegurar las necesidades de transporte de las generaciones actuales, sin comprometer la capacidad en los recursos para satisfacer las del futuro y mejorar la calidad ambiental.
En este punto incluye la modernización y electrifcación de algunos transportes, como los autobúses eléctricos y la creación de cuatro corredores en el Valle de Toluca; estos corredores contará con paraderos seguros, cámaras vinculadas al C5 y con máquinas para recargar las tarjetas de pago integrado, las cuales podrán utilizar en diferentes medios transporte.
PNMO