Catalina Monreal impugna ante TEPJF revocación de nulidad de elección en Cuauhtémoc

Monreal alegó que las expresiones usadas por Alessandra Rojo de la Vega en su contra “contienen cargas de género”.

Catalina Monreal presenta impugnación por elección en alcaldía Cuauhtémoc. | Foto: Jorge González
Armando Martínez
Ciudad de México /

Catalina Monreal, ex candidata de Morena, PT y el Partido Verde a la alcaldía Cuauhtémoc, impugnó este domingo, ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) larevocación de la nulidad de la elección  por la demarcación, determinada por la Sala Regional, quien, con la decisión, confirmó el triunfo de la opositora, Alessandra Rojo de la Vega.

Este domingo, el equipo legal de la morenista, presentó el recurso de impugnación del expediente SCM-JDC-2297/2024 y acumulados, en contra de la determinación de la Sala Regional.

En el documento de impugnación, Catalina Monreal alegó que las expresiones usadas por Alessandra Rojo de la Vega en su contra “contienen cargas de género”.

“Del análisis exhaustivo, contextual y sistemático de las expresiones vertidas por la abanderada del PRI y PAN, con perspectiva de género y reconociendo los estereotipos de género que buscan demeritar las capacidades de las mujeres en política, es claro que las expresiones denunciadas contienen cargas de género, pues se basaron en críticas a una mujer únicamente en función de lazos familiares, desvalorizando logros individuales y trayectoria, reforzando la idea de que las mujeres no pueden alcanzar el éxito por sí mismas”, se lee en el documento.

Resaltó que existieron irregularidades graves que afectan los principios constitucionales y convencionales exigidos para la validez de las elecciones y se acreditan errores procesales graves sobre la valoración de pruebas determinantes.

Además, se destaca que la Sala Regional “inobservó e inaplicó” jurisprudencias de la Sala Superior, incluso, “de lo sostenido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto a los alcances de la libertad de expresión”.

“Por ejemplo, en el asunto SUP-REP-696/2024, se denunciaron actos de Violencia Política en Razón de Género (VPRG) en contra militante de Morena y aspirante, en su momento, a candidata a diputada federal porque el pasado 4 de octubre de 2023, en una rueda de prensa ante medios de comunicación en Tabasco, que se transmitió por la cuenta oficial del denunciado en Facebook, buscaron cosificarla, desprestigiarla y menoscabarla; para invisibilizar su trayectoria política y hacer parecer que los hombres la controlaban. En este caso, la Sala Superior declaró la existencia de VPRG.
Otro caso más reciente es el SUP-REC-2522/2024 de Irimbo, Michoacán en el que la Sala Superior determinó que sí hubo Violencia Política en Razón de Género contra la candidata a alcaldesa por las expresiones que recibió con estereotipos de roles de género y de subordinación que colocan a las mujeres en situación de desventaja, porque se insiste en referir a las denunciantes como propiedad de un hombre”, señaló en un comunicado.

IOGE 

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