Con 20 votos a favor y tres abstenciones, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de reforma al artículo 28 constitucional para prohibir cualquier tipo de condonación de impuestos.
Con tres abstenciones de las fracciones parlamentarias del PRI y Movimiento Ciudadano, la instancia legislativa avaló el proyecto derivado de dos iniciativas: una enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador el 13 de agosto y la otra presentada por la priista Dulce María Sauri.
La bancada del PRI, a través de la legisladora María Alemán, externó su inconformidad al asegurar que no hay claridad en el dictamen sobre las excepciones en la condonación de impuestos en caso de desastres naturales, por ello votaron en abstención el proyecto, al igual que Movimiento Ciudadano, cuyos legisladores advirtieron que se requiere aclarar la redacción para que sea impugnable.
En respuesta, el morenista Pablo Gómez aclaró que no se contempla condonación de impuestos en caso de catástrofes, aunque sí un trato especial.
¿De qué habla el proyecto?
El proyecto subraya que el pago de impuestos representa una fuente de recursos económicos para satisfacer las necesidades de la población y refiere que en el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación se confiere al Ejecutivo la facultad de condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo diferido o en parcialidades en algunos casos como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias.
Además, se advierte que en los últimos sexenios se distorsionó la intención original de dicha disposición hasta llegar al punto de otorgar condonaciones generalizadas sin aplicar un criterio de política fiscal, lo que ha ocasionado un quebranto en los ingresos financieros del Estado, así un desequilibrio en la carga fiscal que recae en los contribuyentes cumplidos.
Se prohíbe cualquier trato preferencial "en favor de unos cuantos", con ello inhibe que incluso el Presidente pueda otorgar de forma discrecional y periódica, y de manera generalizada y masiva, la condonación de contribuciones a los deudores fiscales.
Con las reformas al 28 constitucional, la nueva redacción es la siguiente: "En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos, las condonaciones de impuestos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes, así como las prohibiciones a título de protección a la industria".
En caso de que el dictamen sea aprobado en sus términos por el Congreso, las reformas entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. En tanto, las legislaturas locales tendrán un año de plazo a partir de su publicación para adecuar el marco jurídico en la materia.
Con información de Fernando Damián.
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