Desechan legítima defensa en auto; se amplía a negocio

El diputado Álvaro Ibarra Hinojosa, presidente de la Comisión de Justicia, informó que la aprobación abarca cuando haya una agresión dentro de un negocio o domicilio.

La Comisión de Justicia y Seguridad del Congreso (Foto: Eduardo Mendieta)
Eduardo Mendieta
Monterrey /

La Comisión de Justicia y Seguridad del Congreso local desechó la propuesta de ampliar el alcance de la legítima defensa con arma de fuego a bordo de un automóvil, y sólo la extendió para que las personas puedan defender su patrimonio o familia dentro de su negocio.

Durante la reunión, el diputado Álvaro Ibarra Hinojosa, presidente de la Comisión, informó que la aprobación abarca cuando haya una agresión dentro de un negocio o domicilio, y el dueño del trabajo podrá tener la facultad de repelerla en forma legítima.

Los integrantes diputados de la comisión avalaron por mayoría la reforma al Artículo 17 del Código Penal del Estado de Nuevo León.

Indicó que en el dictamen se da claridad y mayor seguridad jurídica a las personas de cuándo, dónde y en qué lugares podrán alegar una presunción de legítima defensa, que podrá ser cuando las personas se encuentren en su domicilio, en otro donde esté su familia, en su trabajo o negocios que tengan que defender.

“Ahora bien la presunción de legítima defensa no son licencias para matar como en otras ocasiones se ha mencionado, hay que entender esta figura de la legítima defensa y esto es que una persona y condiciones que ya mencioné, será tratado como inocente.
“Pero no le exime de las investigaciones que realice el Ministerio Público y que se cumpla con las condiciones de la legítima defensa que deberá ser evaluado por el juez, de que el agredido comenzó al agresión, que pudo evitarlo por otros medios legales y que el daño que iba a causarle al agresor era fácilmente reparable”, dijo Ibarra Hinojosa.

En febrero pasado, la bancada del PAN en el Congreso local presentó una reforma al Código Penal del Estado para ampliar el alcance de la legítima defensa, y que las personas puedan defender con arma de fuego su patrimonio no solamente en su hogar, sino también en su negocio, automóvil y lugar de trabajo.

El 28 de Junio de 2017 se publicó en el Periódico Oficial del Estado la reforma al Código Penal para el Estado, donde se modificó por adición el artículo 17.

En esta reforma se amplió el concepto de legítima defensa para dar certeza a los ciudadanos que tienen la necesidad de proteger sus casas, bienes y familias, y con ello evitar ser procesados como delincuentes y reconociendo su carácter de víctimas.

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