Con problemas para su devolución fiscal, 10 por ciento de los contribuyentes: Rodríguez

José Jesús Rodríguez, presidente de la Asociación de Contadores Públicos, señaló que los que tienen dificultades es por no cumplir con los requisitos.

"Los contribuyentes deben acumular todos sus ingresos por las diversas actividades que tengan". (Especial)
Toluca /

El presidente de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos (AMCP), José Jesús Rodríguez Ambriz, señaló que 90 por ciento de los contribuyentes consiguen la devolución de saldo a favor en su declaración anual, el resto, 10 por ciento, generalmente tiene problemas con sus deducciones por no cumplir con los requisitos.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), recordó, solo hará validas aquellas deducciones personales que se hayan pagado con cheque denominativo, transferencia electrónica y tarjeta de débito. “El pago en efectivo es motivo de rechazo, tener el comprobante no quiere decir que está autorizado, pero si el contribuyente tiene todo el soporte, puede meter la deducción”.

Otros motivos de rechazo

Otra causal, dijo, es el cambio de cuenta o banco, por lo que la solicitud de devolución debe hacerse de manera electrónica, pero manual, es decir, en un trámite adicional que requiere la firma electrónica avanzada. “Debe agregarse el nuevo estado de cuenta en PDF junto con la declaración que previamente se cargó, aclarando que se trata de una devolución, vamos a esperar 40 días para que la autoridad verifique todos los datos y haga la devolución”.

No cumplir con las obligaciones fiscales también es motivo de rechazo. A la fecha, dijo, hay personas que tienen sueldos y salarios o ingresos por honorarios, y si bien no percibieron ingresos en el año fiscal, no quiere decir que su obligación deje de existir; lo mismo pasa con los contribuyentes que tienen inversiones. “Para evitar problemas tendrán que declarar en ceros la obligación porque no percibieron ningún ingreso por honorarios o actividad empresarial, pero sí por sueldos y salarios”.

En conclusión, los contribuyentes deben acumular todos sus ingresos por las diversas actividades que tengan, ya sea que vendieron un auto y lo facturaron, independientemente de que en su momento hayan hecho el pago provisional. “Deben declararlo para acumular y en su momento la autoridad no encuentre discrepancia fiscal entre los ingresos, los gastos y las deducciones personales”.

¿Cómo ingresar las deducciones?

Una vez que el contribuyente cargó su declaración anual en línea y la envía de manera automática por un monto de hasta 150 mil pesos, explicó, la autoridad fiscal tiene 30 días para validar la información y otorgar el saldo a favor, sin embargo, si tuvo algunas deducciones personales puede añadirlas para aumentar el monto.

“En la declaración anual el servidor del SAT carga en automático la información de los contribuyentes, pero las deducciones personales deben cargarse un trámite adicional, es decir, pedir la devolución de manera electrónica”.

En caso de rechazo por no cumplir con los requisitos fiscales, dijo, puede quitarse la deducción, aunque el saldo a favor será diferente, pero una vez que solvente las observaciones hay un nuevo plazo de 40 días para pedir la devolución de manera electrónica, añadir la complementaria y de nueva cuenta las razones por las que se está pidiendo la devolución.

“Para cualquier aclaración se requiere la factura electrónica, la cual ya está precargada en los gastos, solo hay que darle la clasificación, hay que ser más específicos para que la autoridad lo tome en cuenta”.

Acercarse con especialistas

Rodríguez Ambriz refirió que muchas personas que trabajan por salarios no están conscientes o ignoran que pueden conseguir una devolución por un gasto médico, dental, óptico y de colegiatura hasta preparatoria, por ejemplo. Apuntó que debe volverse una costumbre la devolución fiscal porque es un derecho de los contribuyentes.

“A veces no ven como atractivo recuperar 2 mil o 3 mil pesos de los 15 mil o 20 mil que pagaron, además de catalogar como tedioso realizar un trámite adicional por algo que desconocen”.

Por último, subrayó que las devoluciones prescriben hasta los 5 años fiscales una vez que se presentó la declaración anual

MMCF

  • Alondra Ávila
  • alondra.avila@milenio.com
  • Comunicologa por el CUSXXI y con 16 años de experiencia en medios de comunicación. Desde 2012 colabora en Milenio Estado de México en la sección de Negocios. Ganadora del 9o Premio al Periodismo sobre Innovación Científica y Tecnológica en 2018.

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