Hasta 4 mil salarios de multa a quienes omitan medidas preventivas por covid-19

Luis Ignacio Lujano Rivera, especialista en temas legales, explicó que en la Ley General de Salud existen varios ordenamientos que se pueden aplicar.

Señala todo lo relacionado a enfermedades transmisibles como las obligaciones que tienen los ciudadanos. (Sergio Sánchez-Hidalgo)
Claudia Hidalgo
Toluca /

Además de las sanciones penales a las cuales se pueden hacer acreedores quienes contagien deliberadamente a otra persona de nuevo coronavirus SARS-CoV-2 que provoca la enfermedad covid-19 o agredan al personal médico, la Ley General de Salud establece castigos administrativos a quienes desatiendan las medidas dictadas durante una pandemia que pueden ir de los mil a 4 mil salarios mínimos.

Luis Ignacio Lujano Rivera, especialista en temas legales en materia de salud, explicó que existen varios ordenamientos que se pueden aplicar como los relacionados con la no discriminación, pero en especial la Ley General de Salud que contempla todo lo relacionado con el tema, desde obligaciones hasta sanciones.

“Todo ya está considerado, lo que pasa es que todas las soluciones por moda las queremos resolver haciendo modificaciones al Código Penal y no es así, esta ley ya contempla delitos no necesariamente establecidos en el Código Penal federal”.

Se trata de sanciones administrativas de mil hasta 4 mil salarios mínimos a quien omita las obligaciones que establece esta norma donde se contemplan los derechos a la salud, gastos catastróficos para epidemias de este tipo, con un fondo especial de aportaciones para atender este tipo de emergencias.

Además señala todo lo relacionado a enfermedades transmisibles como el covid-19, las obligaciones que tienen los ciudadanos, el tema del aislamiento, la posibilidad de que las autoridades sanitarias lo ordenen, la regulación del tránsito de personas por el gobierno federal.

“De ahí que no es opción hablar de modificar el delito de peligro de contagio, porque es otro sentido e intensión” incluso se debe tomar en cuenta que este surgió con un enfoque hacia enfermedades venéreas que no sería de fácil aplicación en este caso, lo cual lo hace “impráctico”.

Esto, dijo, porque no se podrían desahogar miles de audiencias para sancionar, se llenarían las cárceles, no habría policías suficientes para detener a la gente ni peritos para poder hacer las acreditaciones correspondientes.

Además, tampoco resulta necesario crear delitos específicos para sancionar al personal médico porque las conductas que ellos sufren ya están contempladas en la ley como corresponde, como lesiones, entre otras conductas que no pueden pasarse por alto, explicó Ignacio Lujano.

MMCF

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