Ayuntamientos del Edomex obligados a sesionar de forma pública

A partir de este mes, los ayuntamientos estarán obligados a transmitir sus sesiones en vivo, a través de su página oficial de internet.

Ayuntamientos del Edomex obligados a sesionar de forma pública. (Especial/Archivo)
Claudia Hidalgo
Toluca, Estado de México /

A partir de este mes, los ayuntamientos estarán obligados a transmitir sus sesiones en vivo, a través de su página oficial de internet, plataformas de redes sociales, radio o televisión de acceso gratuito; además, deberán publicar el orden del día con un mínimo de 12 horas de anticipación para que cualquier persona conozca los temas a tratar.

Las reformas que hizo la Legislatura del Estado de México a la Ley Orgánica Municipal de la entidad tienen como finalidad garantizar la transparencia de las actividades que llevan a cabo los cabildos municipales de la entidad y que todas las decisiones sean de manera pública y abierta a la sociedad.

Por ello en su artículo 28 queda establecido que los ayuntamientos sesionarán cuando menos una vez cada ocho días en sesión ordinaria o cuántas veces sea necesario en asuntos de urgente resolución, por medio de sesiones extraordinarias, a petición de la mayoría de sus miembros, aunado a que podrán declararse en sesión permanente cuando la importancia del asunto lo amerite.

Agregaron un párrafo para establecer que las sesiones de los ayuntamientos serán públicas y deberán transmitirse en vivo a través de su página oficial de internet o cualquier otro medio público, donde cada una de las personas que intervengan en la sesión se identifiquen con nombre y cargo y el sentido de su voto.

La reforma indica que los ayuntamientos deberán publicar el orden del día con al menos 12 horas de anticipación al inicio de la sesión de Cabildo, en cualquiera de sus modalidades. Ésta debe ser visible en la página de Internet del municipio, así como en los estrados de la Secretaría del Ayuntamiento, salvo en casos de emergencia, desastre, amenaza, peligro o riesgo.

También apunta que los ayuntamientos, en caso de emergencia nacional o estatal, de carácter sanitario o de protección civil, podrán sesionar a distancia, mediante el uso de las tecnologías de la información y comunicación o medios electrónicos disponibles, siempre y cuando permitan la transmisión en vivo en la página oficial de internet, plataforma, redes sociales u otros medios públicos.

Con esto serán válidos los trabajos en línea, en caso de emergencias sanitarias, como la de Covid que obligó a muchos sectores a comunicarse y tomar decisiones de manera virtual.


MAM

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