Escuelas privadas deben permitir uso de uniforme neutro: SEP

Jorge Quintero, director de la AEFCM, explicó que la medida es una disposición oficial, por lo que los colegios que no la respeten pueden ser clausurados.

El uniforme neutro debe permitirse en todas las escuelas de educación básica publicas y privadas. | Cuartoscuro
Ciudad de México /

Las escuelas públicas y privadas de educación básica en la Ciudad de México, deben permitir a sus estudiantes elegir libremente el uso de falda o pantalón, como parte del uniforme neutro, aseguró Jorge Quintero, director de Escuelas Privadas de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México (AEFCM).

En entrevista con MILENIO, explicó que el uniforme neutro es una disposición oficial, por lo que de no acatar, los colegios pueden ser sancionados con la clausura y hasta la revocación de su autorización.

“Las alumnas son libres de elegir usar falda o pantalón, en la actualidad se vuelve una necesidad y es una realidad acorde a nuestros tiempos.
"De ninguna manera esto implica necesariamente algún tema de orientación de género”, dijo el funcionario, luego de que alumnas denunciaran a MILENIO que el Colegio Inglés Michael Faraday, en Miguel Hidalgo, no les permitió usar pantalón.

Detalló que la disposición se anunció en el Oficio Circular AEFCM / 005 / 2019, con fecha del 3 de junio de 2019, y fue firmada por el titular de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, Luis Humberto Fernández Fuentes.

Añadió que el oficio fue dirigido a los directores y representantes legales de las escuelas de educación básica públicas y privadas, adscritas e incorporadas a la Secretaría de Educación Pública, mediante la AEFCM.

“A partir de esta fecha, es las escuelas públicas y privadas de la Ciudad de México, el uso de falda o pantalón será de libre elección y en ningún caso de podrá restringir dicha disposición", indica el documento.

"En todo caso, se deberán seguir los lineamientos de cromática, escudos y distintivos que las Asociaciones de Padres de Familia definan en la escuela, sin que ellos signifique la obligación de fabricante, comercializadores y mucho menos disposición que signifique orientación de género”, resaltó Quintero.

​Comentó que el incumplimiento por parte de alguna escuela en cuanto a la obligatoriedad, sí podría encuadrar en algunas de las infracciones a la que se refiere la Ley General de Educación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de septiembre de 2019.

“La norma establece que si un alumno no portara uniforme, no puede ser sujeto de alguna restricción o represalia, entonces el hecho de que estén usando falda o pantalón, en este caso las niñas pantalón, no tendría que ser sujeto de ninguna restricción o represalia por parte de la escuela.

“Las sanciones que establece la ley van desde multas, podría ser revocación de su autorización o una posible clausura; no obstante habría que ver la falta específica en la que podría estar incurriendo la escuela para poder sancionar”, mencionó.

FLC​

  • Fanny Miranda
  • Reportera de MILENIO, fan de la naturaleza y cazadora de atardeceres. Por sus trabajos sobre medio ambiente, ha ganado el Premio Aleman de Periodismo Walter Reuter 2022 (2do lugar) y Premio Nacional de Periodismo de Ciencia, Tecnología e Innovación en 2016, entre otros.

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