Darán prisión por divulgar material íntimo sin permiso

Ley Olimpia. Las plataformas digitales estarán obligadas a bloquear o retirar el material en cuanto la víctima denuncie.

La legislación busca inhibir y castigar la difusión no consentida de imágenes de contenido sexual. (José Luis González | Gráfico: MILENIO)
Cinthya Stettin
Ciudad de México /

Al pleno del Congreso de Ciudad de México le tomó un año aprobar, con 56 votos a favor, la Ley Olimpia para sancionar la divulgación por cualquier medio de fotos íntimas sin consentimiento.

Ahora la violencia digital será considerada como una modalidad de agresión hacia las mujeres y se castigará con penas de cuatro a seis años de prisión y una multa de entre 42 mil 245 y 84 mil 490 pesos.

Al hacer uso de la tribuna para presentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Procuración de Justicia, Eduardo Santillán Pérez, señaló que estas reformas al Código Penal local y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia “ponen a la capital en la vanguardia en la protección de la intimidad de las personas.

“Hoy Ciudad de México da un mensaje contundente, no más la violencia digital contra las mujeres en CdMx. Hoy el Congreso local establece, sin lugar a dudas, la legislación más avanzada en la materia en el país”, apuntó.

La pena se agravará en una mitad cuando la víctima sea una persona ascendiente o descendente en línea recta hasta el tercer grado; cuando exista o haya una relación de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra relación sentimental o educativa, así como laboral.

Aplicará lo mismo cuando el delito sea cometido por alguna persona servidora pública o integrante de las instituciones de Seguridad Ciudadana en ejercicio de sus funciones; y si se comete contra adultos mayores, con capacidades diferentes, en situación de calle, afrodescendientes o de identidad indígena.

La denuncia por este tipo de delito podrá presentarse vía electrónica, mediante escrito o personal; inmediatamente después el Ministerio Público ordenará a las empresas de plataformas digitales, redes sociales o páginas electrónicas “la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de imágenes, audios o videos relacionados con la queja”.

Santillán Pérez refirió que la ley “hace una importante aportación a la declaratoria de Alerta de Género expedida por la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum.

Añadió: “Se dictaminaron 12 iniciativas sobre este tema y se llevaron a cabo una serie de reuniones, encuentros, conversatorios y consultas que permitieron armonizar de manera adecuada los diversos derechos que deben de tutelarse en esta reforma”.

Al respecto, Olimpia Corale Melo, víctima de la divulgación de un video sexual e impulsora de la ley, puntualizó que este fue un trabajo de todas las activistas y que se logró gracias a que “estuvimos chingando, chingando, chingando”.

CONTRA EL ACOSO

Los legisladores capitalinos también aprobaron ayer sancionar el grooming, con una pena de cinco años de prisión, el cual consiste en que un adulto acosa a un menor de edad, mediante la petición de material sobre actividades sexuales explícitas, actos de connotación sexual o, incluso, un encuentro sexual.

Estas reformas serán enviadas a la Jefatura de Gobierno para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Y ADEMÁS

DESAPARICIÓN FORZADA

Con 48 votos a favor, el pleno del Congreso de Ciudad de México aprobó el dictamen por el que se crea la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares para la capital.

El diputado de Movimiento de Regeneración Nacional, Emmanuel Vargas, destacó que el Sistema de Búsqueda de está integrado por las autoridades de la administración pública central, alcaldías, el Tribunal Superior de Justicia y el Congreso capitalino.

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