Una de las fechas más importantes para las personas que laboran es el próximo 1 de mayo ya que se celebra el Día del Trabajo pero ¿te deben pagar doble por acudir a tu lugar de empleo?
No olvides que solo lo días que se encuentran marcados por la Ley Federal del Trabajo serán los que se pagan y que algunas otras fechas que no sean oficiales no se podrán reclamar a las empresas.
Recuerda que ante cualquier circunstancia podrás consultarlo con el departamento de Recursos Humanos de la empresa donde te encuentres trabajando.
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¿Se paga doble el 1 de mayo?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el 1 de mayo se considera un día en el que no se debe ir al lugar de empleo en diferentes tipos de empresas.
Es decir, debido a que no se trabaja este día, necesitas saber que si eres de los pocos que estarán laborando este 1 de mayo, tienes derecho a que se te pague doble por llevar a cabo tu jornada completa.
No olvides que tendrás que apegarte a los líneamientos de tu empresa sobre el pago doble de este día, por lo que debes estar muy atento a lo que se te pida.
En algunas empresas tendrás que llevar a cabo la jornada completa así como checar tu entrada y salida en tiempo y forma para que se te pague dicha fecha.
Días festivos de la Ley Federal del Trabajo
Los días de descanso obligatorio se encuentran señalados en el artículo 74 de la LFT, siendo estos:
- El 1o. de enero;
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
- El 1o. de mayo;
- El 16 de septiembre
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
- El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
- El 25 de diciembre, y
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Ahora ya sabes que si tendrás que ir a trabajar este 1 de mayo, te deben pagar doble por el Día del Trabajo.