¿Cuánto se debe pagar si trabajas el 1 de mayo, Día del Trabajo? Esto dice la LFT

La LFT es la que indica qué días no se trabaja y las obligaciones de los empleadores para con los trabajadores.

El 1 de mayo se considera un día de descanso para los trabajadores
Ciudad de México /

Una de las fechas más importantes para las personas que laboran es el próximo 1 de mayo ya que se celebra el Día del Trabajo pero ¿te deben pagar doble por acudir a tu lugar de empleo?

No olvides que solo lo días que se encuentran marcados por la Ley Federal del Trabajo serán los que se pagan y que algunas otras fechas que no sean oficiales no se podrán reclamar a las empresas.

Recuerda que ante cualquier circunstancia podrás consultarlo con el departamento de Recursos Humanos de la empresa donde te encuentres trabajando.

¿Se paga doble el 1 de mayo?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el 1 de mayo se considera un día en el que no se debe ir al lugar de empleo en diferentes tipos de empresas.

Es decir, debido a que no se trabaja este día, necesitas saber que si eres de los pocos que estarán laborando este 1 de mayo, tienes derecho a que se te pague doble por llevar a cabo tu jornada completa.

No olvides que tendrás que apegarte a los líneamientos de tu empresa sobre el pago doble de este día, por lo que debes estar muy atento a lo que se te pida.

En algunas empresas tendrás que llevar a cabo la jornada completa así como checar tu entrada y salida en tiempo y forma para que se te pague dicha fecha.

El proceso de impresión de billetes requiere herramientas y materiales específicos; Banxico es el único órgano que puede hacer la fabriacació/ Pixabay

Días festivos de la Ley Federal del Trabajo

Los días de descanso obligatorio se encuentran señalados en el artículo 74 de la LFT, siendo estos:

  • El 1o. de enero;
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
  • El 1o. de mayo;
  • El 16 de septiembre
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
  • El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
  • El 25 de diciembre, y
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Ahora ya sabes que si tendrás que ir a trabajar este 1 de mayo, te deben pagar doble por el Día del Trabajo.



  • Jessica Piña
  • jessica.pina@milenio.com
  • Septienita de corazón. Editora de Discover Milenio, escribo de todo un mucho. Las audiencias, Google y el algoritmo son mi pan de cada día. La música, el cine y los trends son mi conversación favorita.

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