En emergencia sanitaria empresas deben pagar 30 días de salario mínimo: Padilla

Le especialista indicó que en caso de se llegará a extender las medidas los patrones no están obligados a pagar más.

"En esta contingencia tampoco pueden despedir a sus trabajadores". (Especial)
Alicia Rivera
Naucalpan /

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, las empresas, cuyas actividades no sea esenciales y tengan que suspender labores en la contingencia sanitaria, deberán pagar 30 días de salario mínimo a los trabajadores, pero los patrones no están obligados a pagar más si se llegarán a extender las medidas.

“Máximo son 30 días, no importa cuánto dure la contingencia sanitaria”, informó la doctora en derecho Lizbeth Padilla Sanabria, integrante del Sistema Nacional de Investigadores (SIN).

También destacó que en esta contingencia las empresas no pueden despedir a sus trabajadores, pues tendrían que enfrentar a una demanda laboral, que muy probablemente perderían.

Es importante, dijo, que las compañías no rescindan la relación laboral, ya que si una persona tiene una enfermedad, solo tendría ocho semanas de servicio en el IMSS. Estamos hablando de dos meses, por lo que es un factor importante que deben tomar en consideración.

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, si un trabajador se enferma se le tiene que pagar un subsidio del seguro social, a razón de 60 por ciento de la cotización de su salario.

Es por ese motivo que las empresas están solicitando que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) les suspenda el pago del ISR (Impuesto Sobre la Renta) por lo menos en lo que dura este mes de contingencia, por cuestiones de equilibrio económico entre las empresas y los trabajadores, “si bien es cierto que los patrones tienen que cumplir con la Ley, también es cierto que para ellos es una carga económica muy fuerte y por ello están solicitando que el SAT les exima este pago”.

MMCF

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