Se han aplicado 152 multas a patrones, luego de no asistir a las audiencias de conciliación acordadas, lo que equivale a recursos que rebasan los 790 mil pesos, informó la directora del Centro de Conciliación Laboral de Hidalgo (CCLEH), Mariela Valero Mota; esto, durante el periodo que lleva al frente del organismo.
Qué es la conciliación laboral
El acto de conciliación laboral es un requisito obligatorio antes de acudir a un tribunal, por lo que es de suma importancia que la parte citada acuda al llamado de la autoridad a efecto de poner fin a la controversia y evitar sanción.
Asimismo, la directora general detalló que, una vez que la parte empleadora no asiste al desarrollo de la audiencia de conciliación sin justificación alguna, el organismo notificará a la parte patronal de la emisión de la multa con 30 días para realizar el pago de forma voluntaria. De lo contrario, la Procuraduría Fiscal será la encargada de dar inicio al procedimiento de ejecución.
“La parte patronal o empleadora está obligada a desahogar el proceso de conciliación, sin embargo, no están forzados a convenir; por lo que, de no asistir a la audiencia, el organismo emitirá un acta de multa por incomparecencia” subrayó Mariela Valero.
Sanciones
Señaló que, de acuerdo al procedimiento de conciliación, establecido en la Ley Federal del Trabajo, a los patrones que no comprueben su inasistencia por causa de fuerza mayor a una audiencia, se les impondrá una sanción de 50 a 100 veces la Unidad de Medida y Actualización, equivalente a más de 5 mil pesos.