Fidel Arce, presidente municipal de Epazoyucan libra el juicio político en su contra

Juan de Dios Pontigo Loyola, secretario de la Comisión Instructora, confirmó el dictamen

Fidel Arce Santander, presidente municipal de Epazoyucan. (Cortesía)
Alejandro Reyes
Epazoyucán; Hidalgo /

En sesión secreta del Congreso del estado los diputados locales aprobaron el no someter a juicio político al presidente municipal priista de Epazoyucan, Fidel Arce Santander.

La Comisión Instructora del Congreso resolvió la solicitud de juicio político en contra de Arce en donde dictaminó que no había elementos para ello, el dictamen se pasó el Pleno en donde los diputados avalaron el dictamen tras la votación.

Juan de Dios Pontigo Loyola, secretario de la Comisión Instructora, confirmó el dictamen, la votación de los legisladores en el Pleno y apuntó que el tema es de materia penal.

“Dentro de los supuestos del juicio político no encuadra la conducta que está poniendo de conocimiento la solicitante pero tiene a salvo sus derechos, se hizo la sesión secreta y los diputados votaron porque efectivamente no hay elementos en materia de juicio político y ella tiene a salvo sus derechos para proceder en la materia correspondiente que será la penal”, sostuvo.

El 30 de mayo la ex tesorera del Ayuntamiento de Epazoyucan, Yarid Santiago Barrera, ingresó al Congreso una solicitud de juicio político en contra del presidente municipal Fidel Arce Santander con el objetivo de destituirlo del cargo.

La ex funcionaria municipal señaló que Fidel Arce no es una persona apta para el cargo pues aseguró que siempre trabaja en estado etílico y así toma las decisiones del Ayuntamiento.

De acuerdo con la Constitución Política del Estado de Hidalgo serán sujetos de juicio político las y los titulares de la administración municipal por las acciones u omisiones indebidas en que incurran en el tiempo de su encargo y serán responsables por la comisión de los delitos del orden común y de las violaciones graves a derechos humanos que se cometan durante su gestión.

La Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Hidalgo establece que la Legislatura del estado de Hidalgo se erigirá en órgano de acusación para conocer de los procesos de juicio político por las causas y bajo el procedimiento que la propia Constitución Política del estado de Hidalgo, la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del estado y leyes en materia de responsabilidades de servidores públicos establezcan.

La misma Ley señala que corresponde a la legislatura del estado, por conducto de la Comisión Instructora del Congreso, desahogar los procedimientos relativos al juicio político.

En tanto, la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Hidalgo establece que es procedente el juicio político cuando los actos u omisiones de los servidores públicos redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.

La Ley precisa que corresponde al Congreso, el procedimiento relativo al juicio político, actuando como órgano de acusación, y al Tribunal Superior de Justicia, fungir como jurado de sentencia.

Si el Congreso resolviese que no procede acusar al servidor público éste continuará en el ejercicio de su cargo. En caso contrario, se le pondrá a disposición del Tribunal Superior de Justicia, al que se remitirá la acusación, designándose una Comisión de tres diputados para que sostenga aquélla ante el mismo.

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