León registra 40 casos de dopaje en choferes del transporte público durante 2024

Movilidad León detalló que, 36 de las 40 pruebas antidopaje que resultaron positivas fueron por sustancias como anfetaminas y metanfetaminas.

Las pruebas se realizan en las bases de autobuses de las empresas concesionarias. | ESPECIAL
Juan Pablo Hernández
León, Guanajuato /

La Dirección General de Movilidad del municipio de León informó que en lo que va del 2024 se han registrado un total de 40 casos positivos en pruebas antidopaje realizadas a choferes del transporte público y cuatro más por consumo de bebidas alcohólicas.

La dependencia municipal detalló que 36 de las 40 pruebas antidopaje que resultaron positivas fueron por sustancias como anfetaminas, metanfetaminas, barbitúricos y marihuana.

Ante esta situación, la Dirección General de Movilidad inició un total de 39 procedimientos administrativos contra los operadores que dieron positivo a las pruebas, de los cuales 33 fueron resueltos con una multa equivalente a 90 UMAS (Unidades de Medida y Actualización), que equivale a nueve mil 771 pesos con 30 centavos.

Movilidad inició un total de 39 procedimientos administrativos contra los operadores que dieron positivo a las pruebas.

Así también, dos procedimientos más fueron resueltos con absolución y cuatro más se encuentran todavía en proceso de establecerse una sanción final.

Las pruebas se realizan en las bases de autobuses de las empresas concesionarias, así como en las terminales de transferencia a cargo de un equipo de 5 personas capacitadas, entre ellas una enfermera.

El proceso consiste en entregar licencia de conducir y tarjetón al personal operativo; para realizarse la prueba antidoping, los operadores deben entregar en un frasco una muestra de orina que será analizada y se obtiene el resultado.

Mientras que para el alcoholímetro la prueba es más sencilla, consiste en soplar una pipeta y esperar los resultados de los grados de alcohol.

En caso de que el operador resulte positivo se traslada al juzgado cívico más cercano, para que el médico legista realice una prueba más para corroborar el resultado y certificar el mismo.

Derivado de lo anterior, la Dirección General de Movilidad elabora un oficio dirigido a la empresa concesionaria en la que labora el operador, a fin de hacerle de conocimiento que el operador será sujeto a un procedimiento administrativo garantizando el derecho de audiencia del operador.

Llegada la fecha de la audiencia de Ley, el operador entre sus manifestaciones, puede aportar pruebas como recetas médicas o notas médicas, en caso de que realice ese aporte, la Dirección General de Movilidad emite un oficio dirigido a la Dirección General de Salud, con el objetivo de solicitar apoyo y auxilio médico para que informe a la Dirección General de Movilidad si los medicamentos que consume por prescripción médica dan un falso positivo a alguna droga.

De ahí que, con base a la información brindada por la Dirección General de Salud, se emite la resolución que corresponda conforme a derecho, misma que se emite en los siguientes sentidos.

Si los medicamentos que toma el operador dan un falso positivo a la sustancia que haya resultado, se le impone como sanción un apercibimiento y se informa a la empresa concesionaria los resultados del procedimiento administrativo.

Si se acredita la conducta del operador, es decir, que consumió sustancias prohibidas, por la violación al artículo 202 fracción I del reglamento de Movilidad para el Municipio de León, Guanajuato, se le impone una sanción consistente en una multa económica y en caso de contar con Cédula de Operador se le suspenden los derechos derivados de la misma.

Una vez que el operador cumple con las sanciones impuestas y desea reincorporarse a labores, se deberá de acreditar con certificado expedido por institución pública autorizada que dichos operadores se encuentran rehabilitados respecto de las sustancias a las que hayan resultado positivo.


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