Mujer gana recurso judicial para cuidar a su hijo autista

Suspensión de plano

Juez federal concede la medida a empleada del Issste porque le impedían ausentarse de su trabajo

El instituto no podrá suspender su salario. (Araceli López)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un juez federal otorgó una suspensión de plano a una trabajadora del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) a la que no le permitían ausentarse de su centro laboral para poder atender a su menor hijo que es autista y padece asma.

Germán Cruz Silva, juez segundo de distrito en materia administrativa del primer circuito, concedió la medida cautelar que permite a la madre atender a su hijo Luis Ignacio “N”, quien forma parte de la población vulnerable por su afección en las vías respiratorias, además de que podrá gozar de licencia y goce de sueldo.

En la demanda de garantías, la mamá señaló que el niño podría estar expuesto al contagio de covid-19, además de que no hay persona que se encargue de su cuidado y protección.

El juzgador subrayó que la quejosa y su hijo se encuentran en una situación especial, por lo que es necesario garantizar la salud del menor.

La mujer reclamó “el injusto e ilegal” memorándum que se les dio a conocer el 3 de abril, acto que adjudicó a la Dirección Normativa de Administración y Finanzas, Subdirección de Personal del Issste y otras autoridades.

El pasado 23 de abril, el juez emplazó a las autoridades para que respondieran a los escritos presentados por la mamá el 3 y 17 de abril, pero no lo hicieron.

Por esta razón, Cruz Silva resolvió: “Se concede la suspensión de plano a ***, para que las autoridades responsables realicen lo siguiente: Le permitan asuntarse a su centro de trabajo, en virtud de ser madre del menor, también quejoso Luis Ignacio, debido a la condición médica (autismo y asma) que éste sufre; al contagio del que podría ser objeto y a que no existe diversa persona que se encargue de su cuidado y protección.

“Se considere a la parte quejosa en una situación especial por las manifestaciones precisadas en el punto que antecede. Se considere su ausencia laboral como un permiso con goce de sueldo, conforme al acuerdo en el que se establecen las ´medidas preventivas´, que se deberán implementar para la mitigación y control con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (covid-19), y no se ejerza ninguna clase de amonestación, represalia y/o sanción en materia laboral, incluyendo el descuento a su salario por ausencia”, determinó el juez.

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