Deudores de pensiones serán exhibidos y no podrán salir del país

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Recientemente se aprobaron reformas a la Ley, donde las procuradurías de Protección de las entidades federativas tendrán acceso al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias

Hombres, pensiones alimenticias (Foto/ESPECIAL)
León /

A fin de concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, y dar efectiva protección y restitución de sus derechos a menores de edad, la Cámara de Diputados aprobó recientemente reformas a diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para crear el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

Con ello los tribunales superiores de las entidades federativas y de la Ciudad de México suministrarán, intercambiarán, sistematizarán, consultarán, analizarán y actualizarán la información que se genere sobre el incumplimiento de las obligaciones alimentarias en el ámbito de sus competencias utilizando los sistemas e instrumentos tecnológicos del Sistema Nacional DIF para integrar al Registro Nacional de Obligaciones.

Así las procuradurías de Protección de las entidades federativas y de la Ciudad de México, tendrán acceso total a las bases de datos del Registro Nacional de Obligaciones, con lo que los datos recabados podrán ser utilizados para fines estadísticos o de análisis que se consideren necesarios. La actualización del registro deberá realizarse de forma mensual, indica.

Toda persona a quien, por su cargo, corresponda proporcionar informes sobre la capacidad económica de los deudores alimentarios, está obligada a suministrar los datos exactos que le solicite el Juez o la autoridad responsable del fuero local; de no hacerlo, será sancionado y responderá solidariamente para el pago de daños y perjuicios que cause al acreedor alimentario por omisiones o informes falsos, sin perjuicio de lo dispuesto por otros ordenamientos locales.

Señala que las autoridades federales competentes, instrumentarán medidas de restricción migratoria que establezcan que ninguna persona inscrita en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias puede salir del país cuando: csea deudor alimentario moroso o existan medios de prueba que permita al Juez determinar la existenia de un riesgo importante de que la salida del país sea utilizada como un medio de evasión de pago.

Al referirse al tema, la diputada del PAN, María Marcela Torres Peimbert, resaltó que millones de niñas y niños viven “una realidad dolorosa”, ya que, además de sufrir la separación de sus padres o haber crecido con uno solo, sufren la falta de los recursos necesarios para su pleno desarrollo.

Refirió que de acuerdo con la organización “Mamás en Acción”, y la Red por los Derechos de la Infancia en México”, ocho de cada 10 deudores alimentarios en México no cumplen con el pago de la pensión alimenticia.


Datos del Inegi arrojan que tres de cada cuatro hijos de padres separados no reciben pensión. Un tercio de las mujeres en el país son madres solteras y el 68 por ciento de ellas no cuentan con el apoyo del padre de sus hijos.

Destacó la importancia de la reforma porque se garantizará el reconocimiento legal de la obligación alimentaria y que el Estado mexicano sea quien obligue a que esta se cumpla y no las madres mexicanas a través de juicios costosos e interminables.

La modificación, dijo, también pretende resolver la carga de prueba, que recae en los acreedores alimentarios y por el cual millones de mujeres mexicanas se ven en la difícil situación de optar por seguir manteniendo a sus hijos solas o llevar largos juicios para comprobar que el padre no cumple con su primera obligación: la alimentación de sus hijos.

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