El Poder Judicial de la Federación dictó sentencia en contra de la pirotecnia en Tehuacán, fue la Jueza del Cuarto Distrito en Materia de Amparo Civil.
Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, quien emitió el fallo dentro del amparo 1587/2023, mediante el cual que prohíbe de manera definitiva el uso de fuegos artificiales en este municipio, informó la presidenta de la Asociación Protectora de Animales TAC, Patricia Aguilar Delgado.
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Esta es la primera sentencia en su especie que se da en México y en América Latina, al prohibir la pirotecnia “por ocasionar lesiones al medio ambiente, a la salud de las personas y a los animales”.
Además ordena a las autoridades municipales que se implementen medidas efectivas para cumplir dicha prohibición y sancionar a quienes hagan uso de fuegos pirotécnicos.
El amparo promovido por la asociación ambientalista “TAC Una Protección al Entorno”, siendo los representantes legales el colectivo “Círculo de Amparo”, luego de presentar más de 20 pruebas de que en Tehuacán había uso de pirotecnia y los daños que causaba.
Esta sentencia es histórica, porque protege el derecho al medio ambiente en favor de las personas de la tercera edad, mujeres embarazadas, recién nacidos, autistas, personas enfermas y para todos los ciudadanos en el municipio, así como ser un logro a favor del bienestar animal.
Con esta sentencia de la justicia federal, el gobierno municipal actual y los gobiernos subsecuentes, están obligados a vigilar que en el municipio de Tehuacán no se haga uso de fuegos pirotécnicos, para garantizar la protección al medio ambiente sano y a la salud de los ciudadanos.
Con esta sentencia de amparo, se prohíbe de manera definitiva el uso de fuegos artificiales en eventos oficiales o privados, además la jueza ordena que se implementen medidas efectivas para cumplir dicha prohibición y sancionar a quienes hagan uso de la pirotecnia.
CHM