El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM) impuso 19 multas económicas que en conjunto ascienden a 206 mil 283 pesos, a 17 entidades fiscalizables estatales, municipales, organismos descentralizados municipales y un fideicomiso estatal, por omisión, inconsistencias, información incompleta o por no entregarla, lo cual impidió actos de fiscalización.
Las medidas de apremio fueron para los municipios de Acambay, Ocoyoacac, Villa de Allende, Valle de Chalco Solidaridad, Temascalcingo, Villa del Carbón en dos ocasiones, Cuautitlán, Toluca, Huixquilucan, Tlalnepantla, Malinalco con dos multas y Jaltenco.
Además del organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Chalco (ODAS).
En la parte estatal estuvo el Instituto de Salud del Estado de México (ISEM), el Fideicomiso para el Desarrollo de Parques y Zonas Industriales del Estado de México, la Secretaría de Desarrollo Económico y la Comisión de Agua del Estado de México.
Las entidades fiscalizables no atendieron, omitieron o entregaron de manera incompleta información solicitada por las auditorías especiales de cumplimiento financiero e inversión física; de desempeño y legalidad, así como de la Unidad de Seguimiento.
Las sanciones que impuso la Unidad de Asuntos Jurídicos del OSFEM están basadas en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, donde se señala que pude imponer multas de 100 a 150 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, con la posibilidad de duplicarse o triplicarse en cada ocasión, hasta alcanzar un monto equivalente a mil 500 UMAs.
Estas medidas apremio se pueden imponer a las entidades fiscalizadas cuando se nieguen a entregar información superior, así como por actos de simulación que se presenten para entorpecer y obstaculizar la actividad fiscalizadora del OSFEM y en este se practicaron en su momento auditorías de cumplimiento financiero, inversión física o de legalidad y no entregaron los datos requeridos.
En la ley se establece, además, que los servidores públicos, así como cualquier entidad, persona física o jurídica, colectiva pública o privada, fideicomiso o cualquier otra figura jurídica que reciban o ejerzan recursos públicos deberán proporcionar la información y documentación que les solicite el órgano para que pueda llevar a cabo sus auditorías e investigaciones como le mandata la ley.
De no hacerlo serán sancionados, y en los casos donde los servidores públicos y personas físicas y jurídicas colectivas, públicas o privadas, aporten información falsa serán sancionados penalmente por incurrir en un delito, de acuerdo a las últimas reformas que entraron en vigor, en febrero del año 2021.
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